Hoy: 2 de noviembre de 2024
Los afectados por los daños ocasionados por la DANA deben contactar con sus aseguradoras y con el Consorcio de Compensación de Seguros tan pronto como sea posible para reclamar los desperfectos, según recomienda Legálitas. Las aseguradoras cubrirán solo aquellos daños incluidos en la cobertura contratada, mientras que el Consorcio se hace cargo de riesgos extraordinarios como inundaciones, siempre que estén especificados en la normativa. Además, es importante que los afectados estén atentos a una posible declaración de zona catastrófica, la cual permitiría recibir ayudas adicionales.
Si se declara la zona como catastrófica, las ayudas por daños materiales serán compatibles con las indemnizaciones de seguros y con las concedidas por otras Administraciones Públicas, aunque el total no podrá superar el valor del daño. En caso de no existir tal declaración, los afectados deberán tramitar sus reclamaciones directamente con su seguro de hogar, automóvil, o el que corresponda según la naturaleza de los daños. Este trámite deberá realizarse lo más rápido posible para facilitar el proceso de evaluación y compensación de daños.
El Gobierno español ha anunciado que evaluará la posibilidad de declarar como catastróficas las zonas más afectadas por el temporal y, de ser así, podrá ofrecer ayudas adicionales como reparaciones, asistencia a empresas y apoyo a trabajadores, como la opción de aplazar cuotas de la seguridad social. Esas ayudas gubernamentales no se consideran indemnizaciones sino apoyos que buscan aliviar el impacto de los daños materiales y económicos causados por el temporal.
Para acceder a las ayudas tras una declaración de zona catastrófica, los ciudadanos deben presentar solicitudes utilizando formularios específicos publicados por las administraciones locales y nacionales. Legálitas indica que habitualmente se establecen oficinas en los ayuntamientos afectados para ayudar a los ciudadanos con la solicitud de estas ayudas. Se cuenta con un mes para entregar la solicitud, aunque podría ampliarse según la magnitud de los daños.
Las ayudas que el Gobierno puede conceder incluyen compensaciones por daños personales, daños en viviendas y enseres de primera necesidad, así como apoyo a establecimientos industriales, mercantiles, agrícolas, y servicios afectados. Además, existen medidas de alivio fiscal y laboral, como exenciones en tributos, préstamos ICO, y opciones de reducir o suspender jornadas laborales por razones directamente vinculadas con la emergencia climática, según aclara Legálitas.