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Así son las nuevas restricciones para vehículos asociadas a las Zonas de Bajas Emisiones

Zona bajas emisiones

Zona de Bajas Emisiones de Madrid. | Fuente: Europa Press

Los turismos A que no estén ’empadronados’ en Madrid no podrán circular por la M-30 desde el 1 de enero

Con el inicio del año, la nueva Ley del Cambio Climático ha entrado en vigor y con ella, las nuevas restricciones para la circulación de vehículos asociadas a las zonas de bajas emisiones. A partir de ahora, todos los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los que tengan una población superior a 20.000 personas y superen los valores límite de contaminantes regulados, tendrán que aplicar zonas de bajas emisiones (ZBE) en sus territorios.

Las zonas de bajas emisiones implican medidas como restringir el acceso a determinados vehículos a esas zonas, fomentar el transporte público y los puntos de recarga de vehículos eléctricos, entre otras cuestiones. Sin embargo, la Asociación Nacional Empresarial de Vehículos de Alquiler (Aneval) advirtió de que solo alrededor de 20 de los ayuntamientos obligados (en torno al 13%) han “iniciado la presentación de sus medidas”, por lo que han urgido a los consistorios a que publiquen las normativas lo antes posible.

Las estimaciones de diferentes organizaciones del sector del automóvil apuntan que la implantación de estas medidas afectará a casi cuatro millones de vehículos sin etiqueta medioambiental de los en torno a 11,5 millones de coches que circulan en las ciudades españolas en obligación de tener una ZBE en 2023.

Las restricciones de Madrid a partir del día 1 de enero

Los turismos A que no estén ’empadronados’ en Madrid, es decir, los que no paguen en la capital el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), no podrán circular por el interior ni por la propia M-30 desde el 1 de enero. Las mismas restricciones se aplicarán para vehículos sin etiqueta.

Los vehículos con etiqueta B o C, solo podrán acceder al Distrito Centro para aparcar en un parking público o garaje privado, salvo que sean vehículos de invitados autorizados por los residentes. En cuanto a las motocicletas con estas etiquetas, podrán circular libremente desde las 7 a las 22 horas.

Asimismo, se ha aprobado una moratoria para que los vehículos de mercancías con etiqueta B puedan acceder al distrito centro durante 2023. Sin embargo, los trabajadores del turno de noche no podrán entrar en el centro de Madrid con un coche sin etiqueta, de igual manera que los abogados del turno de oficio.

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