Aldama anima a colaborar con la justicia después de librarse de entrar en prisión: «Espero que los que vienen detrás colaboren»

23 de junio de 2026
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El empresario Víctor de Aldama. | EP

El alto tribunal premia el papel del empresario para destapar la trama, aunque subraya que su cooperación no minimiza la gravedad de los delitos y le impone estrictas medidas de control

El empresario Víctor de Aldama ha animado a colaborar con la justicia tras conocerse la suspensión de su pena en el caso mascarillas por su colaboración para descubrir la trama de mascarillas, algo que el Tribunal Supremo ha premiado pero avisándole de que ello «no reduce la gravedad de los delitos cometidos».

«Espero que los que vienen detrás colaboren», aseveró Aldama a los medios de comunicación a su salida del Supremo después de conocer la sentencia, al tiempo que agradeció a la justicia y aseguró que «la colaboración en este país sirve».

Aldama ha sido condenado a cuatro años y medio de cárcel, por los delitos de organización criminal y cohecho. Por su parte, el exministro de Transportes José Luis Ábalos ha sido condenado a 24 años y tres meses y su exasesor Koldo García a 19 años y ocho meses.

Los magistrados aplican al empresario y presunto conseguidor del caso Koldo la atenuante analógica de colaboración muy cualificada y suspenden la ejecución de su pena por su «aportación realizada al descubrimiento de los delitos».

No obstante, lo condicionan a que no vuelva a delinquir, realice un año de trabajos en beneficio de la comunidad y presente un informe semestral de actividades.

Su colaboración «no reduce la gravedad de los delitos cometidos»

El Supremo explica en la sentencia, recogida por Fuentes Informadas, que el beneficio otorgado a Aldama por su colaboración «no reduce la gravedad de los delitos cometidos contra los intereses generales ni disculpan, por tanto, de la obligación de establecer un riguroso marco suspensivo de ejecución de las penas impuestas que responda a los fines que justifican la propia suspensión».

Asimismo, el alto tribunal argumenta que no hay «razones relacionadas con la trayectoria criminal del acusado u óbices legales que impidan conceder la suspensión extraordinaria».

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