El ejercicio fiscal del 2024 estará definido por una prórroga de un año en los impuestos a los beneficios extraordinarios de la banca y el sector energético, con la intención de hacerlos permanentes, así como por un aumento gradual en la fiscalidad de la electricidad y el gas. Estas medidas tienen como objetivo fundamental fortalecer la recaudación y apoyar proyectos estratégicos en la industria y la transición hacia un sistema productivo más sostenible.
En el ámbito energético, se planean ajustes en la Ley General de Presupuestos para permitir la deducción, a partir del 1 de enero, de inversiones vinculadas con proyectos industriales y la descarbonización del entramado productivo del país. Sin embargo, se vislumbra una revisión futura de ambos gravámenes para su completa integración en el sistema tributario, con la concertación de estos impuestos con las comunidades autónomas de País Vasco y Navarra.
El impuesto energético actualmente grava el 1,2% de la cifra de negocio de empresas energéticas que facturaron más de 1.000 millones en 2019, excluyendo los ingresos derivados de actividades reguladas. Por otro lado, el impuesto temporal a la banca grava al 4,8% los intereses y comisiones de entidades que facturaron más de 800 millones en 2019, aplicándose a su actividad en España.
En paralelo, el Gobierno anuncia la retirada gradual de las reducciones impositivas aplicadas a la electricidad y el gas desde 2021, como respuesta a los aumentos de precios tras la guerra en Ucrania. Se prevé la vuelta progresiva del IVA de la electricidad al 10%, el incremento del Impuesto Especial de la Electricidad y del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica durante 2024, según un Real Decreto-ley para la prórroga de medidas temporales frente a la crisis energética.
Otras medidas fiscales incluyen la supresión del IVA del 4% en alimentos de primera necesidad y la reducción del 10% al 5% en aceite y pasta, extendiéndose hasta finales de 2024. También se promueven las reformas para un consumo energético más sostenible en viviendas, permitiendo deducciones en el IRPF del 20%, 40% o 60% para quienes impulsen estas actuaciones en sus propiedades.
En el ámbito de los autónomos, se reducen los límites cuantitativos para el método de estimación objetiva en la declaración del rendimiento neto de la actividad económica, con excepciones para actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Todos los autónomos estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos.
El Gobierno también establece la presentación obligatoria de la declaración del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) a través de medios electrónicos para la próxima Campaña de la Renta, mientras se implementa la obligación de informar sobre operaciones con criptomonedas.
Por último, la directiva europea DAC 7 obligará a plataformas digitales como Wallapop o Vinted a compartir información sobre vendedores con las autoridades fiscales de la Unión Europea a partir del 1 de enero de 2024, si han realizado más de 30 operaciones o han obtenido más de 2.000 euros en ventas.DE