El titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, recopiló los informes de las acusaciones en la causa contra la esposa del presidente del Gobierno y, en lugar de resolver el pasado viernes, 3 de julio, sobre la autorización que esta había solicitado para viajar a partir del martes 7 de julio, se cogió vacaciones. Carlos Valle, el juez que se turna con Peinado, tenía el lunes 6 día libre. La guardia correspondió, pues, al juez Antonio Viejo.
Es normal que el juez de guardia, en una causa de esta trascendencia, hable con el magistrado que sale de vacaciones antes de adoptar una resolución sobre medidas cautelares. No sabemos si lo hizo.
Pero, en todo caso, ¿por qué, a la vista de los informes de las acusaciones populares, que pedían denegar la autorización para viajar a la cumbre de la OTAN en Ankara (Turquía) y a Londres para asistir a la graduación de su hija, el juez Peinado no resolvió el viernes por la noche, antes de salir de vacaciones? Suele señalar comparecencias en su juzgado los sábados y domingos en la causa de Begoña Gómez; por tanto, cuando quiere, encuentra el momento. La decisión ha llegado una semana después de haberse solicitado la autorización para viajar.
Una de las acusaciones populares, la ultraderechista Hazte Oír, informó a Peinado de que debía prohibirse el viaje a Turquía y autorizarse el de Londres.
Se oponía al viaje a Ankara porque no es territorio de la Unión Europea y no existe cooperación judicial con dicho país, pero no a que pudiera viajar a la ceremonia académica de su hija, en aras de «conciliar el interés familiar invocado con la salvaguarda del proceso». Se trataba, decía, de «un acto de estricta índole familiar y personalísima que merece la debida consideración».
Pero esa posición fue rectificada ‘ipso facto’: «La asistencia a un acto de graduación, por íntimo que sea, no constituye una necesidad de tal entidad cuando la investigada se halla formalmente procesada y pendiente de enjuiciamiento». Añadía, además, que «no puede obviarse que, tras el Brexit, la cooperación judicial ha experimentado una merma significativa respecto al régimen anterior de la euroorden».
El juez Viejo —y cabe pensar que también Peinado— asume la posición de Hazte Oír. Autoriza el viaje a Londres por existir, dice, cooperación judicial, pero no el de Turquía, porque no la hay con la Unión Europea.
Pero dice algo más: Begoña Gómez ha sido «invitada por razones de cortesía institucional internacional» y destaca que no tiene «una intervención activa en dicha cumbre».
¿Por qué tiene que dar su opinión el juez sobre las razones de cortesía, algo que pertenece, en todo caso, al ámbito de la política del Gobierno? Es decir, ¿por qué esta injerencia?
Quizá porque aquí esté el quid de la cuestión. Se trata de establecer el precedente de que la esposa de Pedro Sánchez es una «primera dama» cuya capacidad para actuar junto a su marido en la política exterior queda limitada. Que quede constancia, en definitiva.
El juez Viejo no parece haber dado relevancia a un aspecto central de esta historia si nos situamos en el terreno de la fuga, que, aunque resulte absurdo, hay que considerar.
Y es que, según Peinado, Begoña Gómez no representa un riesgo de fuga meramente teórico.
Ha justificado la retirada de «todos los pasaportes, cualquiera que sea la nacionalidad a la que pertenezcan, porque la condición de actual presidente del Gobierno de su esposo es algo efímero y, por tanto, transitorio, y esa protección o acompañamiento de los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado desaparecería, lo que facilitaría aún más esa hipotética fuga».
Pero el peligro no sería para cuando Sánchez deje La Moncloa, sino ahora mismo.
«Lo que no cabe duda es que esos agentes, en un momento determinado, pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, colaborar en las acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga».
¿Qué tiene que ver esta advertencia de Peinado con la decisión del juez Viejo?
Pues que autoriza el viaje de Begoña Gómez a Londres con los mismos policías sobre los que Peinado ha lanzado la sospecha. Del mismo modo que ha objetado la invitación a Ankara, ¿no debería haber nombrado escoltas que vigilaran a los policías sospechosos de facilitar la fuga de Begoña Gómez en Londres?
El argumento de que existe cooperación judicial con el Reino Unido resulta una caricatura. Porque la cooperación no impide la fuga que, según esa hipótesis, los policías sospechosos podrían facilitar. Y, por supuesto, si ese riesgo existe, como sostienen Viejo y Peinado, una fuga no sería imposible.
El escenario que dibujan Peinado y Viejo es, pues, que Begoña Gómez podría viajar en el avión oficial de Pedro Sánchez y que, una vez en Turquía, desaparecería con ayuda de sus escoltas para eludir a los jueces Peinado y Viejo; a los magistrados Rosario Esteban, Jesús Gómez-Angulo, José Sierra Fernández y Enrique Jesús Bergés de Ramón, de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid; al presidente del tribunal del jurado y a los nueve miembros del mismo.
Y, como todo hay que decirlo, la Sección 23 tenía sobre la mesa dos recursos de queja directos interpuestos por Begoña Gómez y su asistente, Cristina Álvarez, contra las medidas cautelares impuestas por Peinado.
Que la realidad supera a la ficción es un hecho. Pero hay algo que se llama sentido común. Y sobre él debería existir consenso, es decir, un criterio compartido por todos, más allá de las barreras ideológicas o de cualquier otra índole. Los principios universalmente aceptados constituyen una parte importante del razonamiento jurídico.
La tramitación de esta autorización por los jueces Peinado y Viejo, tanto en la forma —a última hora— como en el contenido —con una injerencia en la política exterior—, refleja fielmente el espectáculo de la justicia.