El juez descarta sancionar al abogado de la denunciante del exDAO por sus declaraciones

31 de marzo de 2026
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El magistrado considera que las manifestaciones públicas del letrado no afectan al proceso y quedan fuera del ámbito judicial

El juez encargado de investigar al exdirector adjunto operativo de la Policía Nacional, José Ángel González, ha rechazado sancionar al abogado de la denunciante por sus declaraciones públicas. La resolución, adoptada por el magistrado David Maman, considera que estas manifestaciones no forman parte del procedimiento judicial y, por tanto, quedan fuera del ámbito de la instrucción.

La decisión responde a la petición de la defensa del exDAO, que solicitaba que se apercibiera al letrado de la denunciante para evitar futuras declaraciones públicas sobre el caso. Sin embargo, el juez ha sido claro al señalar que estas actuaciones son ajenas a la causa y no pueden ser objeto de sanción dentro del proceso penal en curso.

Aun así, el magistrado deja abierta una vía alternativa: la posibilidad de que las partes recurran a otras acciones legales si consideran que dichas declaraciones han vulnerado derechos o generado perjuicios. Esta matización refleja un equilibrio entre la libertad de expresión y los límites que impone un proceso judicial.

El caso, que investiga una presunta agresión sexual, se encuentra en una fase sensible, donde cada paso tiene relevancia jurídica y mediática. En este contexto, la decisión del juez subraya la importancia de diferenciar entre lo que ocurre dentro del procedimiento y lo que se expresa fuera de él.

Declaraciones, tensión mediática y derecho a la defensa

El origen de la polémica se sitúa en las declaraciones realizadas por el abogado de la denunciante tras la comparecencia judicial. En ellas, el letrado ofreció su valoración sobre lo sucedido en la sala, describiendo la declaración de su clienta como “dura y difícil” y cuestionando la actitud del investigado.

Estas palabras generaron malestar en la defensa de José Ángel González, que consideró que podían influir en la percepción pública del caso. Por ello, solicitó una intervención judicial que limitara este tipo de manifestaciones.

Sin embargo, la resolución del juez deja claro que el ámbito mediático y el judicial no siempre se superponen. Mientras que en el proceso penal rigen normas estrictas, fuera de él existe un margen mayor para la expresión, siempre que no se vulneren derechos fundamentales.

Este tipo de situaciones pone de relieve la complejidad de los casos con alta exposición pública, donde el interés mediático convive con la necesidad de preservar las garantías procesales. Las declaraciones de abogados, partes implicadas o incluso del propio investigado forman parte de un entorno en el que la opinión pública juega un papel relevante.

Por su parte, el exDAO ha defendido su inocencia, asegurando que la acusación ha tenido un fuerte impacto en su vida personal y profesional. Mientras tanto, la denunciante mantiene su versión de los hechos, que incluye acusaciones graves como agresión sexual, coacciones y abuso de superioridad.

En este escenario, la decisión judicial no cierra el debate, pero sí marca un criterio claro: el proceso debe centrarse en las pruebas y en lo que se dirime dentro del juzgado. Todo lo demás, aunque influya en la percepción social, queda fuera de su alcance directo.

La investigación continúa, y será en el desarrollo del procedimiento donde se determinen las responsabilidades.

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