El Supremo rechaza que Ábalos y Koldo sean juzgados por un jurado popular en el juicio de las mascarillas

8 de enero de 2026
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El exministro José Luis Ábalos y Koldo García llegan al Supremo I EP

El alto tribunal fija el procedimiento del caso y descarta cambios que puedan retrasar el juicio

El Tribunal Supremo ha cerrado una de las principales cuestiones procesales del llamado caso de las mascarillas. El alto tribunal ha decidido que el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García no serán juzgados por un jurado popular. El proceso continuará ante jueces profesionales, tal y como establece la ley para este tipo de causas.

La decisión llega tras la solicitud de las defensas de ambos investigados, que pedían que ciudadanos legos valoraran los hechos. El magistrado instructor del procedimiento, Leopoldo Puente, ha rechazado la petición en una providencia dictada este miércoles. Con ello, el Supremo marca el camino definitivo hacia el juicio oral y evita un debate que podía haber retrasado el calendario judicial.

Un debate jurídico que queda cerrado

Además de solicitar el jurado popular, Ábalos reclamaba la nulidad de los autos que ya han acordado el procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral. Su defensa sostiene que estas resoluciones vulneraban garantías procesales y pedía retrotraer actuaciones. El Supremo, sin embargo, no comparte esa interpretación y mantiene intacto el camino hacia el juicio, en el que el exministro se enfrenta a peticiones de hasta 30 años de prisión por los presuntos delitos relacionados con la compra de material sanitario durante la pandemia.

El magistrado Puente explica que, aunque el aforamiento altera el tribunal competente, en este caso el Supremo, no cambia el procedimiento aplicable. De hecho, el propio escrito de Ábalos reconoce, según el instructor, que el aforamiento modifica el órgano judicial, pero no las reglas procesales. Ese razonamiento ha sido clave para rechazar la solicitud.

Con esta decisión, el alto tribunal refuerza la idea de que el caso debe resolverse conforme a los cauces ordinarios del derecho penal, sin introducir figuras excepcionales. El jurado popular queda fuera, y serán magistrados quienes valoren las pruebas, los testimonios y los informes periciales que se presenten en el juicio.

Impacto político y judicial del caso

El llamado caso Koldo ha tenido un fuerte impacto político desde que salió a la luz, al salpicar a un exministro de primer nivel y a su entorno más cercano. La investigación gira en torno a presuntas irregularidades en contratos de mascarillas durante los momentos más críticos de la pandemia, cuando la urgencia y la escasez marcaban las decisiones públicas.

La negativa del Supremo a aceptar un jurado popular aporta certidumbre jurídica al proceso y evita dilaciones innecesarias. También envía un mensaje claro: la causa se juzgará con criterios estrictamente técnicos, alejados de cualquier lectura emocional o mediática.

A partir de ahora, todas las miradas se centran en el desarrollo del juicio oral. Será entonces cuando se dirima si existieron responsabilidades penales y hasta qué punto las decisiones tomadas en un contexto de emergencia sanitaria cruzaron la línea de la legalidad. Mientras tanto, el Supremo ha dejado claro que la justicia seguirá su curso sin atajos procesales, con jueces profesionales al frente de una de las causas más sensibles de los últimos años.

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