El abogado José María de Pablo, defensor de Cristina Álvarez, asistente de Begoña Gomez, prosigue su duelo de esgrima con los magistrados de la sección 23 María del Rosario Esteban, Josë Sierra Fernández y Enrique Jesús Bergés de Ramón: han torcido los hechos porque ninguno de los asistentes de las esposas de los presidentes (Carmen Romero, Ana Botella, Sonsoles Espinosa y Elvira Fernández) eran expertas o especialistas en protocolo como sostiene el auto del 5 de diciembre que consagra ese falso argumento.
En un escrito a la sección vigésimo tercera de la Audiencia de Madrid, el abogado José María de Pablo destaca que la versión que han dado en el auto del 5 de diciembre pasado
https://www.elperiodico.com/es/politica/20251220/audiencia-madrid-cruza-rubicon-declara-124999785 es incorrecta ya que no refleja la realidad cuando sostiene que en el nombramiento de Cristina Álvarez en 2018 como asistenta de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, “sería la primera vez, en este tipo de nombramientos, que no se hace recaer en un funcionario experto en protocolo para el mejor ejercicio de la función, sino que se hace recaer en una persona de su máxima confianza”.
Y además dan la puntilla con el razonamiento de que se ha nombrado a esa persona de confianza “no para que dirigiese sus pasos por un complicado mundo de formalidades, de ceremonias y actos oficiales sino para asegurarse el fiel cumplimiento del fin supuestamente propuesto”.
Esto es: el plan delictivo de Begoña Gómez.

Ya apuntamos en nuestra amplia investigación de este domingo que el auto del 5 de diciembre extrapolaba un ejemplo que había servido de fuente de inspiración, que, sin embargo, no se citaba.
Era el de Elvira Fernández, Viri, esposa del presidente del Gobierno Mariano Rajoy, quien había nombrado a su amiga María Valle Ordoñez de Carbajal como asistente, quien formalmente asumió el cargo de “coordinadora para asuntos relacionados con la Presidencia”
Sosteníamos: “Aunque no lo dice, la Sala se inspira en el caso de Ordoñez de Carbajal para afirmar que se debe nombrar a alguien de protocolo. Porque la asistente de Viri, precisamente, había sido jefa de protocolo de Rajoy (2004-2011) y de la ministra de Administraciones Públicas Julia García Valdecasas”.
Pero es que, Viri, además, no tuvo solamente una asistente.
Contó también con el actual diputado del Congreso de los Diputados, Jaime de los Santos, que tampoco era experto en protocolo.
Extrapolar el ejemplo de Valle Ordoñez de Carbajal indica que quienes elaboraron el auto del 5 de diciembre -en respuesta a recursos elevados del mes de septiembre de 2025-con tiempo suficiente para verificar, prefirieron poner un ejemplo parcial que choca con todos los antecedentes.
El juzgado de instrucción 41 cuenta con la lista de las esposas de los presidentes y de sus asistentas.
Pero hay un dato relevante: el ponente Bergés de Ramón pasó de esa lista. En su lugar, hizo de juez investigador y optó por considerar el nombre de María Valle Ordoñez Carbajal.
¿Por qué?
Porque ella sí había tenido experiencia profesional en materia protocolaria. Había trabajado como jefa de protocolo de Mariano Rajoy y pasó a hacerlo con Viri.
De modo que el ponente Bergés de Ramón y los otros dos magistrados que le apoyaron- Esteban y Sierra- concluyeron que esa debía ser…¡ la norma!
De Pablha ha decidido dar una estocada suave superficial, sin hacer sangre. Ha elevado un recurso de aclaración en el que señala que los magistrados cometieron un “involuntario error material”.
Porque, recuerda, ya en un oficio remitido al juzgado (41 de la Audiencia de Madrid, cuyo titular es Peinado) “la realidad es que todos los asistentes de las esposas de todos los presidentes del Gobierno de la democracia han recaído en personas de la máxima confianza de cada esposa de cada presidente y nunca en expertos en protocolo”.
En esa lista Viri, recuerda De Pablo, tuvo como asistente a Jaime de los Santos (y en su escrito el letrado aporta una foto de ambos, donde De los Santos carga con bolsas de regalo de una tienda exclusiva de Madrid), quien era experto en historia del arte sin formación ni conocimiento en protocolo, pero de la máxima confianza de la esposa del presidente.
El letrado explica que así ha sido en los casos de Carmen Romero (Lourdes Lorenzo Llorente), de Ana Botella (Cristina Alonso, profesora de EGB), de Sonsoles Espinosa (Celia Muñoz y Ana María Pérez).
La estocada es sutil porque el escrito insiste en que se trata de un “error material involuntario y la prueba sería la ley sobre el concepto de personal de libre designación y de personal eventual, cuyo nombramiento se debe precisamente a la confianza (ley 40/215)
Pero una cosa es la esgrima y la cortesía procesal y otra el hallazgo de nuestra investigación.
Según informamos, la Sala de la sección 23 -con ponencia del magistrado Bergés de Ramón- cita como ejemplo de autoridad, sin citarla, el caso de una de las asistentes de Elvira Fernández, el de María Valle Ordoñez de Carbajal
Porque, precisamente, el ponente, y los otros dos magistrados que se fiarón de él, solo se basó en tal caso porque ilustraba su punto de vista predeterminado.
A saber: que el caso de Begoña Gómez en su nombramiento de Cristina Álvarez es único.
José María de Pablo, como afirmábamos, había cogido adecuadamente su espada -o florete-en línea con los consejos de Doutreval, el profesor de esgrima de Dijón, en la película Sacaramouche, 1952
“Piensa en esto. Una espada es como un pájaro. Si la agarras con demasiada fuerza, la ahogas; si la agarras con demasiada suavidad, sale volando”
Ahora espera que su estocada superficial sea defendida por la Sala con una aclaración de que en efecto se ha cometido un error material. Pero sabemos por el movimiento de la Sala que no lo es.
Y que han querido subrayar la mendicidad de Begoña Gómez con la afirmación de un hecho falso.