El Supremo absuelve a un acusado de violar a una mujer al dudar de si hubo consentimiento

12 de mayo de 2025
2 minutos de lectura
Supremo
Fachada del Tribunal Supremo. | Fuente: Eduardo Parra / EP

El alto tribunal considera que la declaración de la denunciante sin más pruebas que corroboren su versión no basta para una condena

El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre condenado a siete años de prisión por abuso sexual, al concluir que la declaración de la denunciante no está respaldada por pruebas suficientes para eliminar toda duda razonable. Se anulan los hechos probados que señalaban que el acusado se aprovechó de que la mujer estaba «completamente desorientada», ya que «nada expresó en un primer momento acerca de su negativa, pudiera ser o no por la ingesta alcohólica».

La decisión del Supremo revoca la condena previa dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca y ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears. El tribunal acepta el recurso de casación del acusado, al considerar que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia por basarse únicamente en la declaración de la víctima sin corroboración objetiva.

En la sentencia, se aclara: «Modificamos el relato fáctico de la sentencia recurrida, en el sentido de no considerarse probado que (el acusado) mantuviese relaciones sexuales sin consentimiento de la denunciante, o al menos fuera de toda duda razonable». La conclusión se basa también en testimonios como el de una amiga común de ambos, quien declaró que la denunciante le había dicho que no fue forzada y no mencionó falta de consentimiento.

El tribunal explica que la propia declaración de la denunciante era difícilmente comprensible, afirmando: «Todo ello nos lleva a la conclusión de que existe una duda razonable que acompaña también (…) lo expresado en la propia declaración de (la denunciante) que, dicho sea de paso, apenas se entiende, poco o nada, pues se encuentra sometida a un intenso estrés, no siendo inteligible sus declaraciones».

Los magistrados entienden que no se puede condenar sin pruebas concluyentes y señalan: «ni existen corroboraciones (…) y las referidas testificales ofrecen una duda más que razonable para no tener completamente seguro el acontecimiento que narran los hechos probados». Por ello, absuelven al acusado.

Los hechos

Los hechos anulados relatan que, tras consumir alcohol y cannabis, el acusado llevó a la joven a un edificio abandonado, donde supuestamente mantuvo relaciones sexuales sin su consentimiento en dos ocasiones, aprovechando que ella estaba «sin fuerzas» y «completamente desorientada». Sin embargo, estos hechos ya no se consideran acreditados por el Supremo.

Finalmente, el tribunal resalta que la denunciante dijo al acusado que «todo estaba bien», y que incluso permitió que la acompañara a la parada del autobús. Se recalca: «consta que la denunciante nada expresó en un primer momento acerca de su negativa», y que su actitud posterior no evidenció falta de consentimiento. «Existen testigos que vieron tal despedida, y otros que atestiguaron el beneplácito por parte de aquélla de que todo estaba bien».

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