El Supremo permite a los jueces investigar hechos adicionales a la denuncia inicial

15 de noviembre de 2024
1 minuto de lectura
Fachada del Tribunal Supremo hechos
Fachada del Tribunal Supremo | Eduardo Parra / Europa Press

La resolución refuerza la posibilidad de investigar nuevos hechos durante la instrucción judicial, algo que alargaría el proceso contra la mujer de Sánchez

El Tribunal Supremo ha emitido una nueva sentencia en la que respalda la capacidad de los jueces para investigar «hechos distintos» a los incluidos en una denuncia inicial. En este contexto, el tribunal ratifica la instrucción del caso Begoña Gómez, a cargo del juez Juan Carlos Peinado, que ha ampliado su investigación más allá de los hechos denunciados originalmente por la asociación Manos Limpias.

En su resolución, el Supremo explica que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) permite a los jueces investigar hechos adicionales a aquellos que dieron lugar a la apertura de un procedimiento. Subraya que no es necesario que los hechos a investigar estén completamente definidos al inicio del proceso, y que a medida que la investigación avanza, se puede ampliar la acusación para incluir hechos nuevos o distintos periodos temporales no contemplados al principio.

El alto tribunal también recordó en su fallo que la notitia criminis —el conocimiento de un posible delito— es suficiente para iniciar una investigación judicial. Sin embargo, precisa que una investigación no puede ser generalizada ni enfocarse en una persona o sector sin una base razonable. En este caso, se trató de una investigación derivada de denuncias previas que contenían datos precisos que indicaban una posible infracción tributaria grave.

Antecedentes en un caso de Málaga

El caso analizado por el Supremo se refiere a dos hombres condenados en Málaga por delitos fiscales relacionados con el IRPF y el Impuesto de Sociedades. Ambos acusados habían recurrido la sentencia alegando que se basaba en «pruebas nulas» obtenidas sin autorización judicial.

El Tribunal Supremo, no obstante, concluyó que las pesquisas fueron legítimas y derivadas de denuncias previas, aunque algunos de los actos procesales fueron anulados por haber sido realizados fuera de plazo. A pesar de ello, el tribunal aclaró que la información obtenida fuera de plazo aún puede ser utilizada en el juicio.

Dos magistrados del Pleno del Supremo redactaron un voto particular en desacuerdo con el criterio mayoritario, sosteniendo que las diligencias anuladas deberían haberse considerado válidas.

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