La Justicia suspende el protocolo canario de atención a menores migrantes

20 de septiembre de 2024
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La Guardamar Calliope lleva a bordo a más de 300 migrantes, que llegan al puerto de La Restinga tras ser rescatados. | Fuente: Antonio Sempere / EP.

El Gobierno regional tiene un plazo de tres días para alegar lo que estime procedente

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha decidido este viernes suspender el protocolo de atención a menores migrantes no acompañados en Canarias, en respuesta al recurso presentado por la Fiscalía Superior de Canarias.

El auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, hecho público este viernes, da al Gobierno regional un plazo de tres días para que “alegue lo que estime procedente” y reconoce que “concurren circunstancias de especial urgencia” para validar la petición de la Fiscalía.

La Sala aclara en su argumentación que “no es momento” de evaluar la legalidad o no del protocolo elaborado por la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia solo si hay “especial urgencia” para dictaminar la suspensión.

En ese sentido, expone que “no se incluye entre las disposiciones incorporadas al Protocolo Territorial una previsión expresamente encaminada al establecimiento del momento de inicio de la eficacia –o entrada
en vigor– de las actuaciones dispuestas por el mismo por lo que, a falta de una previsión de la indicada índole, nada parece impedir que se pueda pretender la exigibilidad de tales actuaciones de forma inmediata, esto es, a partir del momento mismo de la publicación oficial del Protocolo”.

El TSJC sostiene que el nuevo protocolo produce una “innovación no poco relevante del régimen jurídico actualmente en vigor” y aunque la justificación del Ejecutivo regional es que se diseña en interés de los menores es “difícil negar” que los nuevos criterios van a comprometer la entrega de los menores a las
autoridades autonómicas.

Entre ellos detalla la comunicación previa a efectos de disponibilidad de plazas de acogida; fijar lugar de entrega y recepción e intervención de funcionarios públicos; documentación individualizada del menor en el
momento de la recepción o comprobación de documentación e identidad del menor no acompañado para su recepción.

“Alteración relevante” del marco normativo

Por ello, el auto expone que esta “alteración relevante” del actual marco normativo “aconseja” mantener el sistema que se ha venido utilizando hasta ahora.

“No cabe perder de vista, en efecto, la repercusión que es susceptible de desplegar la aplicación del Protocolo sobre un colectivo tan especialmente sensible y vulnerable como es el de los menores al que van dirigidas las
actuaciones contempladas en el mismo”, remarcan desde la Sala.

Así, entiende que es bueno aplicar un “principio de elemental cautela” al tiempo que recomienda “la búsqueda de espacios de encuentro que propicien el logro de actuaciones coordinadas en el marco de un clima de lealtad y colaboración institucional que se antoja indispensable para abordar el fenómeno de la inmigración irregular y su singularísimo impacto que tiene en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias”.

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