Hoy: 22 de noviembre de 2024
El Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela ha condenado a dos años y medio de prisión al maquinista Francisco Garzón y al exjefe de Seguridad en la Circulación de Adif, Andrés Cortabitarte, por el descarrilamiento del tren Alvia en la curva de Angrois el 24 de julio de 2013.
Con esta sentencia, con fecha de 26 de julio de 2024 un día antes de cumplirse un año desde la finalización del juicio y dos días después del 11 aniversario del siniestro, la jueza Elena Fernández Currás ha considerado probado que ambos son responsables de 79 delitos de homicidio y de 143 de lesiones por imprudencia grave.
Además, quedan inhabilitados para el ejercicio de sus profesiones durante cuatro años y medio y deben indemnizar con más de 25 millones de euros a las víctimas, con responsabilidad civil directa de QBE y Allianz Global, aseguradoras de los organismos públicos Renfe y Adif.
El fallo tiene más de 500 páginas de extensión, incluida la parte civil, y contra él cabe presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña. Para ello, hay un plazo de 10 días hábiles a contar desde el lunes y que finalizaría el 10 de septiembre todo el mes de agosto es inhábil para la justicia, salvo que la magistrada acuerde extenderlo.
La magistrada ve acreditado que, aparte de la llamada de 100 segundos que hizo que el conductor se despistase, otra de las razones por las que el Alvia llegó a la curva de A Grandeira a 191 kilómetros por hora por encima de los 176 considerados para un descarrilamiento seguro, en cambio “no había nada en la vía” que protegiese el tren en caso de “que por cualquier causa, el maquinista no cumpliese la obligación que le imponía el cuadro de velocidades máximas” de llegar a 80 kilómetros por hora.
Tanto Garzón como Cortabitarte infringieron “el deber de cuidado” de sus cargos. Sus actuaciones, subraya, supusieron “un incremento ilícito del riesgo de un resultado dañoso que estaban obligados a prevenir y capacitados para evitar”.
La jueza condena al exresponsable de seguridad de Adif contra el cual el fiscal Mario Piñeiro retiró la acusación en la última jornada del juicio, porque fue quien certificó que la línea y el subsistema de control, mando y señalización (CMS) reunían las condiciones de seguridad para la circulación, lo que permitió que el Ministerio de Fomento autorizase su puesta en servicio en diciembre de 2011.
Y así lo hizo, tal y como entiende la magistrada, pese a que el análisis preliminar de riesgos que hizo la unión temporal de empresas (UTE) a la que adjudicó el proyecto constructivo del sistema CMS había identificado el peligro de descarrilamiento.