Hoy: 23 de noviembre de 2024
Daniel Sancho ha llegado a un acuerdo de conformidad durante el juicio celebrado este miércoles en el juzgado de lo penal de Madrid por la agresión en 2019 a un joven que hacía cola para tomar un taxi. El joven ha acordado con la Fiscalía una multa de 450 euros frente al año de prisión que exigía la Audiencia de Madrid.
Mediante videoconferencia, se ha observado al hijo de Rodolfo Sancho sereno, correcto en sus respuestas, vistiendo una camiseta marrón claro y pantalones cortos negros. Sancho estaba en una sala de la prisión tailandesa de Koh Samui, donde aguarda la sentencia por el asesinato de Edwin Arrieta.
Sin barba, con el pelo corto y en buen estado físico gracias a su asistencia regular al gimnasio de la cárcel, el acusado se ha mostrado “conforme” con el acuerdo propuesto por las partes al responder las preguntas de la magistrada. La imagen del procesado no se ha podido grabar para evitar posibles problemas de índole internacional con Tailandia, según han informado fuentes jurídicas.
Tras formalizarse el acuerdo en sala, la jueza del Juzgado número 16 de lo Penal ha leído la sentencia que condena al acusado por un delito de lesiones, aplicando las atenuantes de dilaciones indebidas y reparación del daño, dado que su defensa había consignado en los juzgados la responsabilidad civil de 2.100 euros. De este modo, se le impone una multa de tres meses con una cuota diaria de 5 euros.
Los hechos se produjeron sobre las cuatro de la madrugada del día 9 de noviembre de 2019, cuando el joven se encontraba en las proximidades de la calle José Abascal de la capital. En un momento determinado, procedió a introducirse en un taxi sin respetar la cola. Tras ello, una persona le recriminó su actitud y Sancho respondió con un puñetazo en la cabeza.
La Fiscalía de Madrid solicitaba una pena de un año de prisión, así como al pago de la responsabilidad civil derivada de la comisión del delito. El fiscal califica los hechos de un delito de lesiones. Ahora, se ha incluido en la calificación jurídica las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas al estar un año paralizada la causa en los juzgados.