Las visitas controladas entre el padre y las niñas asesinadas en Almería se cancelaron por razones “económicas y laborales”

20 de marzo de 2024
3 minutos de lectura
Pancarta en recuerdo de las niñas asesinadas por su padre en Alboloduy (Almería). - AYUNTAMIENTO DE ABLA

La madre encontró un trabajo en una cafetería del municipio de Abla

Las visitas supervisadas en el Punto de Encuentro Familiar (PEF) de Almería, establecidas por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Almería entre las dos niñas fallecidas el pasado domingo y su padre, según un acuerdo entre los padres en marzo de 2023, fueron interrumpidas por la madre debido a “razones económicas y laborales“.

El juzgado había establecido un régimen de visitas para determinar la custodia, que también incluía el pago de una pensión alimenticia de 300 euros al padre. Este régimen permitía al hombre compartir tiempo con las niñas en fines de semana alternos, los sábados y domingos, desde las 12:00 hasta las 18:00 horas, con entrega y recogida en el Punto de Encuentro Familiar de Almería, según información proporcionada por el TSJA.

La disposición implicaba un viaje en coche de más de 120 kilómetros cada dos semanas entre la capital y Abla. En este último lugar, la madre, que según el IAM estaba en una situación de “extrema vulnerabilidad” y contaba con 22 años en ese momento, residía con las niñas sin tener una red familiar cercana. Según lo expresado, su intención era regresar a Rumanía, para lo cual requería el consentimiento del padre para sacar a las niñas de España.

La mujer encontró un trabajo en una cafetería del municipio de Abla al poco de haber salido de una casa de acogida de Granada, en donde estuvo con las pequeñas entre junio de 2022 y marzo de 2023; fecha en la que solicitó de forma voluntaria su salida de los recursos de acogida del Instituto Andaluz de la Mujer. Desde Gérgal, donde había vivido anteriormente con el padre de las niñas, la distancia se reducía a poco más de 80 kilómetros diarios.

Tras las labores administrativas previas y las oportunas entrevistas a los progenitores, las visitas en el PEF se fijaron de común acuerdo a partir del 18 junio si bien, para entonces, ambos ya habían acordado “a petición de la madre, por motivos laborales, y estando de acuerdo el progenitor”, que las estancias del sábado no se llevaran a cabo y que las entregas y recogidas se hicieran en “domingos alternos de 10,30 horas a 18,30 horas”.

El informe efectuado por el órgano de mediación el 26 de septiembre del pasado año, referente al periodo entre junio y agosto de 2023, indica que tan solo tuvo lugar “un intercambio” el 25 de junio, esto es, a la semana siguiente de haberse iniciado el régimen de visitas.

Con un único intercambio, los técnicos trasladaron que las menores mantenían “un comportamiento normalizado al desvincularse de su madre y recibir a su padre, mostrando alegría y afecto al encontrarse con él”. Se subraya, además, que a lo largo de la interacción paterno filial que se produce en el PEF, el hombre “trata a sus hijas de forma cariñosa y proporciona los cuidados pertinentes”.

De otro lado, se señaló que las “razones económicas y laborales” esgrimidas por la madre dieron lugar a la cancelación del resto de encuentros hasta que los dos progenitores informaron que había alcanzado “acuerdos al margen del servicio” ofrecido en el PEF y que el padre estaba “viendo a sus hijas“.

Así, de acuerdo con el informe, el día 20 de agosto ambos comunicaron de manera telefónica al PEF su decisión de “prescindir” de este servicio, lo que los responsables del Punto de Encuentro comunicaron al Juzgado de Violencia sobre la Mujer “la finalización de la intervención con el expediente de referencia”.

Más adelante, el 4 de octubre de ese mismo año, la madre solicitó a través de la procuradora al Juzgado de Violencia sobre la Mujer que se cesara el régimen de visitas tutelado así como que se retirara la medida cautelar relativa a la orden de alejamiento existente “con el fin de poder facilitar la relación entre las menores y el padre”.

En un auto dictado apenas un mes después, el Juzgado acordó la finalización de la intervención del PEF en base a la solicitud los progenitores, los responsables del Punto de Encuentro y con la conformidad del Ministerio Fiscal, puesto que “a excepción del primer día”, el régimen de visitas no se llevaba a cabo a través del Punto de Encuentro Familiar.

El hombre contaba desde el 26 de mayo de 2022 con una orden de alejamiento de 500 metros de la mujer como medida cautelar controlada a través de una pulsera telemática en virtud de una presunta agresión hacia la mujer. El juicio por estos hechos, en el que la Fiscalía iba a pedir un año de prisión, estaba fijado para el próximo 10 de abril.

El auto, que otorgó a la madre la guarda y custodia de las dos hijas menores, mantenía el ejercicio de la patria potestad entre ambos progenitores aunque “sin establecimiento de régimen de visitas, estancia, relación o comunicación” del hombre respecto a sus hijas.

Dichas medidas, que se prorrogaron en septiembre de 2022, quedaron resueltas mediante la sentencia sobre la guardia y custodia dictada en marzo de 2023 dictada ante el acuerdo de los padres.

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