El Superior de Justicia de Valencia condena a la Conselleria de Sanidad por negligencia médica

23 de febrero de 2024
1 minuto de lectura
Fachada de la Ciudad de la Justicia de València - EUROPA PRESS

La sentencia estipula una indemnización de 30.000 mil euros para los hijos de la paciente fallecida

La sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha emitido una sentencia condenatoria hacia la Conselleria de Sanidad, determinando una indemnización de 30.000 euros para los hijos de una paciente cuyo fallecimiento resultó tras un infarto no diagnosticado.

La resolución, facilitada por El Defensor del Paciente y defendida por el letrado Ignacio Martínez, sostiene que la falta de diagnóstico adecuado constituyó un fallo en la atención médica, lo que derivó en consecuencias trágicas.

Según el fallo del tribunal, la demanda presentada fue estimada parcialmente, con una compensación de 15.000 euros para cada uno de los dos hijos de la fallecida. Esta decisión se fundamenta en la omisión de pruebas cruciales para detectar el infarto de miocardio que padecía la paciente.

La paciente, residente en Altea (Alicante) y con antecedentes médicos relevantes, visitó el centro de salud local el 13 de febrero de 2019, aquejada por un dolor epigástrico persistente. A pesar de ello, tras una evaluación física, fue dada de alta con instrucciones de seguimiento por su médico de atención primaria y la recomendación de consulta con un cardiólogo debido a la detección de un soplo aórtico.

Dos días después, el 15 de febrero, la paciente regresó al centro de salud manifestando los mismos síntomas, sumados a una marcada fatiga. Sin embargo, solo se tramitó su derivación al servicio de cardiología.

Ante la ausencia de respuesta del servicio de cardiología público, la paciente optó por buscar atención médica privada el 17 de febrero de 2019. Allí, se le realizó una serie de pruebas diagnósticas que revelaron un infarto agudo de miocardio en evolución desde el 12 de febrero. Trágicamente, el 19 de febrero sufrió un paro cardiorrespiratorio y falleció por un infarto agudo de miocardio la causa determinante de su deceso.

El tribunal, al examinar el caso, concluyó que la atención médica insuficiente brindada a la paciente los días 13 y 15 de febrero representó una oportunidad perdida para un diagnóstico temprano y, por ende, para mejorar el pronóstico de su infarto de miocardio, lo que finalmente condujo a su prematura muerte.

Carmen Flores, presidenta de El Defensor del Paciente, expresó su descontento con la «escasísima» indemnización otorgada a los hijos de la fallecida por parte del TSJCV, subrayando la importancia de una atención médica adecuada y de una justa compensación en casos de negligencia.

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