Un hombre se enfrenta a 10 años de cárcel por violar a su vecina de 12, y a otro perturbado le piden dos de prisión por tocamientos a una menor en un bar

16 de julio de 2023
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Palacio de Justicia, sede del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) y la Audiencia Provincial, en la plaza Weyler de Palma./EP

La Sección Primera de la Audiencia Provincial celebra este miércoles (09.30 horas) el juicio contra un hombre acusado de violar a su vecina, una niña de 12 años, aprovechando la relación de confianza, y para quien la Fiscalía reclama diez años de prisión.

Según el escrito de acusación, los hechos juzgados tuvieron lugar a principios de 2021 en Sant Josep de sa Talaia. El hombre y la niña iniciaron una relación de amistad ya que eran vecinos.

Un día, aprovechando que la niña estaba en el domicilio del acusado, el hombre, aprovechando la diferencia de edad y la relación de confianza la penetró vaginalmente.

Además de la pena de cárcel, el Ministerio Público reclama orden de alejamiento durante cinco años y la obligación de participar en programas formativos de educación sexual.

Por otra parte, el Ministerio Fiscal solicita una pena de dos años de prisión, además de cuatro años de alejamiento de la víctima, para un acusado de un delito de abusos sexuales a una menor que, en el momento de los hechos, tenía 17 años. El juicio está previsto que se celebre este lunes en la Audiencia Provincial.

De acuerdo con el escrito del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan a las 18,30 horas del día 6 de agosto de 2020, cuando el acusado, D.V.U, nacido en La Rioja en 1945, se encontraba en un bar de la comunidad autónoma -sin especificar localidad-, cuando el encausado «guiado con un ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos» se acercó a la menor C.H.R, nacida en el año 2003 y que contaba entonces con 17 años de edad.

Así, prosigue el texto, «sin mediar palabra le agarró del culo, ante lo que la menor le preguntó ‘qué haces’, y él le dijo ‘hay confianza’, yéndose del lugar».

Para la acusación, estos hechos son constitutivos de un delito de abusos sexuales a menor de edad, tipificado y penado en el Artículo 183.1º del Código Penal, del que es autor el encausado, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

El escrito detalla, además, que el hombre ya fue condenado en sentencia firme de fecha 21 de febrero de 2014 como autor de un delito de por exhibicionismo y provocación sexual a víctima menor a las penas
de 12 meses de multa, 8 meses de prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima, y 8 meses de prohibición de acudir a determinado lugar, todas ellas ya cumplidas.

Por tanto, se indica que por el delito por el que se le enjuicia mañana, procede imponer la pena de dos años de prisión; prohibición de acercarse por tiempo de cuatro años a menos de 100 metros de la persona de C.H.R, a su domicilio, lugar de estudios o trabajo y cualesquiera otros que frecuente; prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio por tiempo de cuatro años; y una indemnización a la víctima de 1.000 euros por los daños morales causados.

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