Hoy: 19 de febrero de 2025
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha respaldado a la Junta de Andalucía al anular el acuerdo de pleno del Ayuntamiento de Carboneras (Almería) que clasificó el Algarrobico como suelo no urbanizable de especial protección en el PGOU. Según el TSJA, esta acción «quebranta» de manera «significativa y sustancial» el sentido de la sentencia que debe ser acatada.
Según informa Europa Press, la sala del tribunal señala que la corporación carbonera, bajo mandato socialista en abril de 2023, excedió sus competencias al adoptar el acuerdo. La sentencia indica que el Ayuntamiento debía limitarse a establecer en el planeamiento urbanístico la zonificación y el nivel de protección del sector ST-1 o Algarrobico, de acuerdo con la normativa ambiental de 1994 y el PORN del parque natural Cabo de Gata-Níjar.
El tribunal afirma que el Ayuntamiento de Carboneras «extralimitó» sus funciones con la «intención de eludir el cumplimiento de la sentencia». Este accionar ha llevado a multas coercitivas, como la impuesta al exalcalde del PSOE, José Luis Amérigo.
Bajo mandato del PP y en sintonía con la Junta de Andalucía, se llevó a pleno la anulación de la clasificación que ahora revoca el TSJA. Sin embargo, la propuesta del alcalde, Felipe Cayuela, no prosperó, dado que el gobierno local cuenta con una minoría de cinco ediles y enfrentó votos desfavorables de los cinco concejales del PSOE y los dos de Ciudadanos y no adscrito.
Por su parte, el Gobierno andaluz sostiene que la enmienda del acuerdo revocado facilitaría la declaración en procedimiento de revisión de oficio de la nulidad de la licencia municipal de obras del hotel de Azata del Sol, otorgada en 2003. Este paso es necesario para la demolición, conforme al dictamen del Tribunal Supremo (TS) en su última sentencia.