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Condenan a tres años de cárcel a un hombre que dejó morir a su madre “en condiciones inhumanas”

El acusado de dejar morir a su madre de hambre y sed comparece ante el tribunal en la primera sesión del juicio / Fuente: Europa Press

El acusado de dejar morir a su madre de hambre y sed comparece ante el tribunal en la primera sesión del juicio. | EP

La anciana de 88 años vivía sola en un piso, donde murió con signos severos de deshidratación y desnutrición

La Audiencia de Sevilla condena a tres años de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia en la modalidad de comisión por omisión, a un varón por dejar morir a su madre anciana y enferma en el mes de agosto del año 2022 en una vivienda de la capital hispalense.

El hombre ha sido juzgado recientemente por un jurado popular y se ha llegado a un acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía, la defensa y el propio encausado durante la vista, según ha informado la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y ya había adelantado Diario de Sevilla.

En un primer momento, la Fiscalía solicitó para el acusado un total de 17 años de prisión por un delito de homicidio con agravación de especial vulnerabilidad de la víctima. Pero tras iniciarse el juicio, y ya en el trámite de conclusiones, el Ministerio Público modificó su calificación de los hechos como constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia en la modalidad de comisión por omisión.

Asimismo, solicitan la pena de tres años de cárcel, petición con la que mostraron su conformidad el abogado de la defensa y el propio acusado, José Francisaco P.F., tras lo que se procedió a la disolución del jurado.

La Audiencia Provincial declara en la sentencia del día 18 de enero, probado por conformidad del acusado, que la víctima, de 88 años de edad, vivía sola en un piso en la capital hispalense, padeciendo desde hacía años problemas de salud que conllevaron que en el año 2005 se le practicara una colostomía, teniendo además antecedentes médicos de hipertensión arterial y diabetes.

De este modo, la fallecida solo contaba con su hijo como familia directa, quien desde la operación acudía a visitarla con frecuencia a su piso y se encargaba de su atención,”pese a lo cual no la llevó a ningún médico o centro de atención sanitaria desde 2016″.

Desde al rededor de unas tres semanas antes del 17 de agosto de 2022, la víctima se “encamó” en su piso, “perdiendo toda movilidad y deviniendo totalmente dependiente para las actividades de la vida diaria”, tal como dicta la sentencia.

Signos de deshidratación y desnutrición

La Audiencia considera probado que el acusado, “con desatención de las reglas de conducta más elementales, no le proporcionó alimentación, hidratación y movimientos posturales en la cama, ni hizo lo necesario para que ella recibiera asistencia médica”, a pesar de que iba a visitarla prácticamente todos los días.

Por otra parte, el condenado “no le colocó bolsas en el colostoma para la recogida de las heces” ni tampoco llevó a cabo “actuación alguna para limpiar su entorno, ni para asearla, sin acudir tampoco a los servicios sociales o llamar a un médico o a un teléfono de emergencias o asistencia domiciliaria para que la atendieran, lo que desembocó” en el fallecimiento de su madre.

En el juicio, el inculpado ha alegado que sufría el síndrome del “estrés del cuidador”, exponiendo que como su madre “no salía” de la vivienda y no pedía “nada” de ayuda, él se encargaba de todo respecto a ella, afrontando un “sufrimiento de años y años” ante el cual se sentía “sobrepasado”. Ha llegado a expresar que estaba “paralizado” en aquellos días.

Según la sentencia que condena al acusado, la víctima falleció entre las 10,00 y las 12,00 horas del día 17 de agosto de 2022 a consecuencia de un fallo multiorgánico secundario, a deshidratación y desnutrición severas y a sobreinfección de úlceras de decúbito con miasis (infestación por larvas de moscas), siendo el mecanismo de la muerte “la omisión de alimentación, hidratación y cuidados elementales en una persona encamada y totalmente dependiente para las actividades de la vida diaria”.

Vivía en condiciones inhumanas

El acusado avisó a Emergencias 112 en la misma tarde del fallecimiento, informando del deceso, agrega la Audiencia. Una vez que la Policía y los servicios sanitarios se personaron en el domicilio de la fallecida, comprobaron que “había fallecido en condiciones inhumanas, encontrándose la vivienda en lamentables condiciones de salubridad, con insectos, sin limpieza y con un olor nauseabundo”, mientras que el cadáver de la víctima “se hallaba sobre el colchón de la cama, sin sábanas, con una almohada sucia bajo la cabeza y rodeado y cubierto de heces y suciedad”.

Por último, la sentencia también confirma que el cadáver “presentaba marcados signos de deshidratación y desnutrición, múltiples úlceras con olor fétido secundarias al decúbito prolongado y a la ausencia de movilización y cuidados posturales (…)”, destacando que las lesiones existentes en el cadáver “presentaban claros signos de vitalidad, indicativos de su producción en vida de la fallecida”.

Además, pudieron observar que el acusado no presentaba ninguna alteración psíquica que interfiriera en sus capacidades intelectivas o volitivas, aunque, con relación a la situación en la que se encontraba la fallecida, “por no emplear la más elemental diligencia, no fue capaz de identificar la gravedad de la situación de su madre, ni fue capaz de identificar o poner en relación el fallecimiento de su madre con la no prestación por su parte de los cuidados necesarios, identificando el desenlace del fallecimiento como un resultado propio de los achaques de su madre derivados de su edad”.

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