Hoy: 22 de noviembre de 2024
El número de individuos beneficiados por la ley de amnistía relacionada con el procés ha alcanzado al menos a 86 personas. Desde que la norma entró en vigor el 10 de junio, esta cifra abarca a personas condenadas que han sido exoneradas y a absueltos cuyos antecedentes, incluidos los policiales, han sido cancelados. Hasta ahora, todos los tribunales y juzgados en Cataluña han decidido conceder estas amnistías.
El viernes pasado, la Audiencia de Barcelona amnistió a ocho procesados: cuatro de ellos manifestantes imputados por delitos de desórdenes públicos, atentado a agentes de la autoridad, resistencia grave a agentes de la autoridad y delitos leves de daños; y los otros cuatro, miembros del cuerpo de Mossos d’Esquadra, acusados de los delitos contra la integridad moral y lesiones.
El Juzgado Penal Número 2 de Figueres (Girona) concedió el jueves la amnistía a la exalcaldesa de este municipio, Marta Felip (PDeCAT). Felip, procesada como presunta autora de un delito de desobediencia, estaba a la espera de juicio por su participación en la preparación del referéndum independentista del 1-O.
El miércoles pasado, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña concedió la amnistía a un exsecretario del Ayuntamiento de Hostalric (Girona). Este exfuncionario fue condenado por prevaricación y recibió una pena de nueve años de inhabilitación especial para empleo de cargo público. La condena se originó por haber “exagerado” la actuación de un grupo de personas que acudieron al pueblo para retirar lazos amarillos y pancartas en apoyo al proceso independentista.
Ese mismo día, el TSJ catalán también amnistió a una persona condenada por un delito de tenencia de artefactos explosivos. Los Mossos d’Esquadra le habían requisado la mochila durante una manifestación en diciembre de 2018.
Según consta en la sentencia en la que se le absuelve, llevaba “una botella de plástico que contenía ácido clorhídrico en solución acuosa liquido transparente muy corrosivo que produce quemaduras en contacto con la piel, por ingestión o por inhalación de sus vapores envuelta en cinta de embalar con la inscripción de “Puta España” y una caja metálica que contenía 16 bolas de papel de aluminio y 20 clavos y chinchetas junto a otros objetos. El tribunal ha amnistiado también a otras dos personas que fueron absueltas en el mismo procedimiento.
Esta misma semana, el Juzgado de Instrucción Número 7 de Barcelona ha concedido la amnistía a 46 agentes de la Policía Nacional que estaban bajo investigación por las cargas del 1-O en colegios electorales de Barcelona.
El juez aplicó la amnistía en este caso porque consideró que las actuaciones investigadas tuvieron una duración corta y estuvieron dentro de un objetivo policial definido, limitándose a la entrada y salida de los colegios electorales durante el 1-O.
El instructor explicó, además, que los hechos investigados no fueron lo suficientemente graves como para excluirlos de la amnistía, que no ampara delitos de lesiones penados con más de cinco años de prisión, ni tampoco delitos de torturas o trato degradante.
Otras 27 personas, además de los 46 policías beneficiados, fueron amnistiadas el pasado 25 de junio por el TSJ de Cataluña. Los primeros fueron el exconseller de Interior de la Generalitat, Miquel Buch, y el escolta del expresidente Carles Puigdemont, Lluís Escolà.
El exconseller había recibido una condena de cuatro años y medio de prisión por malversación. Esta sentencia se debió a su decisión de designar al mosso d’Esquadra Lluís Escolà, también condenado por el mismo delito, como cargo de confianza para escoltar al expresidente Puigdemont en el extranjero después de la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña.
El TSJ catalán declaró que amnistiaba a Buch, Escolà y otras 25 personas, lo cual extinguió su responsabilidad penal debido a los actos por los cuales habían sido declarados responsables criminalmente en la instancia correspondiente.
Entre las 25 personas amnistiadas se encuentran tres que recibieron condena por un delito de atentado contra la autoridad durante las protestas del 1 de octubre de 2020 en Barcelona. Los magistrados borraron la pena de tres años y un día de prisión que se les había impuesto. A uno de ellos se le perdonó también un delito de lesiones.
Las otras personas que se han beneficiado por la norma recibieron condenas por delitos como atentado contra la autoridad o delitos leves de lesiones durante varias protestas que ocurrieron en Cataluña entre 2018 y 2019 en apoyo al procés.
El TSJ catalán ha cancelado los antecedentes de todos aquellos que fueron absueltos en su momento de los delitos de desórdenes públicos en aplicación de la ley de amnistía, incluidos los policiales.
La Fiscalía General del Estado calcula que 486 personas podrían beneficiarse de la norma. Según informó el Ministerio Público, la ley afectaría “aproximadamente” a 82 procedimientos penales que se encuentran actualmente en tramitación. Dichas causas se reparten entre el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y juzgados y tribunales de Cataluña.
Sin embargo, matizó que es posible que no se pueda aplicar la amnistía en los 82 procedimientos porque hay causas con delitos que no se incluyen en la ley como por ejemplo, delitos de odio en conjunto con otros que sí se contemplan en el texto legal.
Esta misma semana, el Tribunal Supremo ha rechazado amnistiar la malversación al procés y ha señalado que, aunque ve amnistiable la desobediencia, tiene dudas sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía.
Así las cosas, el alto tribunal ha preguntado a las acusaciones y defensas del procedimiento si ven pertinente plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre la previsión de la ley de amnistía de exonerar el delito de desobediencia atribuido a los encausados del procés.