La noticia, poco antes de las tres de la tarde de este lunes 3 de marzo, era el varapalo representado por el auto de la sección tercera de la Audiencia de Madrid, contra los intereses de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. Esta resolución desestima un recurso de apelación contra la apertura, en octubre pasado, de una pieza separada -diferente de los dos delitos fiscales y facturas falsas por el cual ha sido denunciado- que pretende investigar las relaciones comerciales entre González Amador y el grupo sanitario Quirón Prevención SL
Presuntos sobornos.
Pero a las dos horas, la noticia era otra: el contraataque de la defensa de González Amador a través de sendos escritos, en los que se solicita a la juez Inmaculada Iglesias, titular del juzgado de instrucción número 19 de Madrid, Quieren ahora que se suspenda, por un lado, el caso del fraude fiscal, y que el imputado comience a declarar por la pieza separada, que pretende investigar delitos de corrupción en los negocios y administración desleal.
Este es el plan que tenía preparado la defensa de González Amador para salir inmediatamente después del auto de la Audiencia de Madrid, habíada cuenta de que el recurso de apelación contra la incoación de la pieza separada sobre sobornos -este es el término utilizado por la Fiscalía de Madrid-carecía de posibilidades de prosperar. Se trataba de ver si colaba.
Y no coló.
Los magistrados en su auto apuntan que “a decisión a limine [de entrada] en este momento procesal, es decir, tras el solo acuerdo de incoación de pieza separada, solo es adecuada en los supuestos en que existe una claridad absoluta sobre la atipicidad de los hechos [inexistencia de delito], circunstancia que no concurre en los casos de autos, derivados de la documentación notarial y tributaria unida a la causa”, señalan.
La defensa de González Amador pretendía abortar una investigación de entrada, lo cual era tan evidente que los magistrados definen la petición como “el cierre prematuro que se interesa por la parte recurrente [González Amador]” no puede aceptarse. Porque, sostienen: “en el momento procesal, resulta procedente la sustanciación del proceso en orden a esclarecer si los hechos objeto de la pieza separada abierta pueden ser constitutivos de infracción penal. Las operaciones económicas y jurídicas realizadas podrán o no tener el alcance que se reseña, pero a la conclusión que corresponde debe llegarse tras la correspondiente investigación abierta”.
El plan, señalan fuentes judiciales, de “invertir el orden la causa” ya fue insinuado por los abogados de González Amador el 24 de febrero pasado, cuando se presentó en el juzgado 19 de instrucción para la declaración de su cliente.
Según dijeron a los fiscales, si la pieza separada sobre “Alberto-Quirón” se mantenía abierta -esto es, si el fallo de la Audiencia de Madrid les denegaba la apelación- no se acogerían al pacto de conformidad sobre los dos delitos fiscales, la trama de facturas falsas y el pago de 500.000 euros, que el abogado Carlos Neira había propuesto el 2 de febrero de 2024.
La jueza Inmaculada Iglesias tendrá que resolver sobre este cambio radical que persigue la defensa de González Amador. El pasado 24 de febrero, la jueza decidió rechazar su solicitud de suspender la declaración en la causa de los delitos fiscales y falsedades. La jueza señaló que la pieza separada, cuya investigación está pendiente de comenzar, no impidió la declaración por fraude fiscal. González Amador se negó a prestar declaración.
Desde Mérida, Díaz Ayuso señaló que su pareja quería declarar pero no podía hacerlo. “No se trata de que no haya querido declarar es que no puede”, declaró. “El engrudo en el que le están metiendo hace imposible que pueda defenderse”, explicó, por ser “un caso de persecución política que está organizado por la Moncloa con las instituciones del Estado”.
Díaz Ayuso, pues, está al corriente de todos los detalles de la estrategia de la defensa de su pareja. Porque su referencia al “engrudo” es, precisamente, el plan que han presentado los abogados después de la resolución adversa de la Audiencia de Madrid.
El argumento que plantea la defensa de González Amador para justificar darle la vuelta a la causa -al “engrudo” al que aludió Díaz Ayuso- y anteponer los negocios de la pareja de Díaz Ayuso con el grupo Quirón Prevención es que, según el expediente de la Agencia Tributaria la sociedad Maxwell Cremona [González Amador] tuvo ingresos procedentes de Quirón.
La defensa sostiene que primero se debe descartar que esos ingresos procedan de una actividad delictiva.
¿Por qué? Porque razón, si fuera de origen delictivo, la Sala Segunda del Tribunal Supremo tiene jurisprudencia en el sentido de que no deberían tributar.
Por tanto, oiga señora magistrada, suspenda el procedimiento por fraudes fiscales y falsedades y averiguemos primero si el origen de los ingresos procedentes de Quirón Prevención es o no delictivo. Porque si lo fuera no se podría condenar a González Amador por delito fiscal,
Y, claro, por ello, tampoco tiene sentido que pactemos la conformidad aceptando los delitos cometidos porque no lo serán.
Los presuntos delitos que se investigarán en la pieza separada son, según se ha apuntado, administración desleal y corrupción en los negocios.
La Fiscalía de Madrid ha apreciado la existencia de indicios del pago encubierto de una “comisión” de medio millón de euros por parte de González Amador a la esposa del presidente de Quirón Prevención, sociedad perteneciente al gigante de la sanidad privada, un grupo que obtiene ingresos millonarios en su contratación con la Comunidad de Madrid.
“La defensa no ha dado explicación alguna de por qué el investigado González Amador pagó medio millón de euros a la esposa de Fernando Camino, presidente de Quirón Prevención, por por una empresa que carecía de valor, como detalla el informe de la Agencia Tributaria”, señaló la Fiscalía de Madrid al apoyar la ampliación de los hechos descritos.
La secuencia de los negocios de González Amador que quiere investigar la pieza separada indica que Maxwell Cremona, su empresa, ganó casi 2 millones de euros en 2020 como comisionista en la compra de mascarillas para la empresa gallega Mape.
¿Quién está en Mape?
Uno de los consejeros es el presidente de Quirón Prevención: Fernando Camino.
Maxwell Cremona adquirió en diciembre de 2020 la empresa Círculo Belleza, lanzada en 2008 por Gloria Carrasco, su hermano y su marido. ¿Quien es su esposo? Fernando Camino, presidente de Quirón Prevención, empresa que forma parte del Grupo Quirón, para quien trabaja González Amador. Circulo de Belleza facturaba 30.000 euros pero González Amador, es decir Maxwell Cremona, la adquirió por 500.000 euros.
Según fuentes tributarias, la estrategia de la defensa de González Amador tiene difícil encajar el tipo de actividad ilícita que daría lugar a la cuota tributaria no ingresada con los delitos que la pieza separada pretende investigar: corrupción en los negocios y administración desleal.
“Tiene difícil encaje de actividades ilícitas calificadas como no sujetas a tributación porque no desempeñan ningún papel de naturaleza económica: son operaciones prohibidas como, por ejemplo, el tráfico de drogas o estupefacientes o falsificación de papel moneda”, señaló la fuente consultada.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo, por otra parte, interpreta que las rentas procedentes de la comisión de un delito deben tributar. No declarar tales rentas supone vulnerar la normativa tributaria cuando excede los 120.000 euros.
La defensa de González Amador sostiene ahora que si se eliminan las cuotas tributarias asociadas a los ingresos recibidos desde Quirón Prevención, lo defraudado no llegaría a esos 120.000 euros. Es decir: no sería delito.
La jueza Iglesias ha seguido adelante con el procedimiento principal del fraude fiscal y ha citado a los peritos que elaboraron el informe de la Agencia Tributaria para el 21 de marzo. Y será ella quien deberá resolver si acepta la estrategia de González Amador, quien pide, también, que se expulse a las acusaciones populares del PSOE y Más Madrid de la causa.