La Fiscalía pide penas de entre 8 y 27 años de cárcel para los 12 CDR beneficiados por la amnistía

24 de noviembre de 2023
1 minuto de lectura
Un agente de Policía en la entrada de la Audiencia Naciona | Fernando Sánchez / Europa Press.

El fiscal sostiene que los acusados se integraron en un grupo cuyo objetivo sería llevar a cabo acciones violentas o atentados con explosivos y sustancias incendiarias

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha pedido imponer penas de entre 8 y 27 años de prisión a 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) por un delito de pertenencia a organización terrorista, achacando también a ocho de ellos delitos de tenencia, depósito y fabricación de explosivos y estragos, en una causa que se verá afectada por la amnistía.

En su escrito de acusación, recogido por Europa Press, el fiscal Miguel Ángel Carballo sostiene que los acusados se integraron en un Equipo de Respuesta Táctica (ERT), un grupo de personas de diferentes CDR que habrían conformado una organización terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, cuyo objetivo sería llevar a cabo acciones violentas o atentados con explosivos y sustancias incendiarias.

En concreto, el fiscal pide condenar a 27 años de cárcel a Eduardo Garzón, Esther García, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomás, Alexis Codina, Jordi Ros y Rafael Delgado por delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito o fabricación de explosivos; y estragos, este último en grado de tentativa. Para ellos el Ministerio Público también pide la medida de libertad vigilada durante ocho años.

Respecto a los demás procesados, el Ministerio Fiscal solicita 8 años de prisión para Ferrán Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero únicamente por el delito de pertenencia a organización terrorista.

Para todos los acusados, la Fiscalía pide además penas de inhabilitación absoluta e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior en diez años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta.

Cabe recordar que la ley de amnistía explica que quedan excluidos de la misma únicamente «los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el capítulo VII del Título XXII del Código Penal siempre y cuando haya recaído sentencia firme», por lo que los 12 CDR podrían acogerse a la misma.

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