La Fiscalía española investigará los crímenes en Gaza y apunta a genocidio y otros delitos de lesa humanidad

18 de septiembre de 2025
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La Fiscalía española investigará los crímenes en Gaza y apunta a genocidio y otros delitos de lesa humanidad
Éxodo de palestinos desde sus tierras en la Franja de Gaza. /EP

Señala que se deben «satisfacer las demandas de justicia y seguridad de los individuos y de la sociedad»

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha acordado investigar los crímenes cometidos en la Franja de Gaza en el marco de la operación militar lanzada por Israel hace casi dos años, apuntando ya a genocidio y otros delitos de lesa humanidad, al tiempo que ha ordenado crear para ello un equipo conjunto, que estará integrado por la fiscal de Derechos Humanos y Memoria Democrática, Dolores Delgado, y por el jefe de la Fiscalía en la Audiencia Nacional, Jesús Alonso.

Así consta en un decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, donde García Ortiz concede a Delgado la autorización que le pidió el 28 de julio para llevar a cabo estas pesquisas en calidad de «coinvestigadora», junto a Alonso.

Delgado formuló esta petición tras recibir «un informe de la Comisaría General de Información de la Policía Nacional relativo a las acciones del ejército israelí contra la población civil en la Franja de Gaza que podrían ser contrarias al Derecho Internacional, investigación desarrollada en el marco de la ‘Operación Eliat'».

Según detalla el decreto, Delgado «procedió a analizar la información contenida en el informe elaborado por la unidad operativa, relativo –entre otros aspectos– al testimonio de testigos protegidos, y en el que también se aportan importantes elementos probatorios sobre las acciones y circunstancias en el terreno».

Violación de Derechos Humanos

García Ortiz indica que «los hechos que se describen serían graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, constitutivas de crímenes previstos en los artículos 607 (genocidio) y siguientes del Código Penal», referidos a los delitos de lesa humanidad.

En su respuesta, el fiscal general ordena remitir a Alonso el informe de la Comisaría General de Información «al objeto de incoar las correspondientes diligencias de investigación preprocesal, las cuales serán comunicadas a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), a la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional (TPI) y a la fuerza policial actuante».

En segundo lugar, acuerda «crear un equipo conjunto de investigación» formado por Alonso y Delgado, «que actuarán colegiadamente, con la participación del fiscal de sala coordinador de Cooperación Internacional», Francisco Jiménez-Villarejo, «en aquellas actuaciones que se practiquen en dicho ámbito».

Según las fuentes jurídicas consultadas, el objetivo de estas pesquisas es cooperar con el TPI. Así, como ya se hizo con la guerra en Ucrania, la intención del Ministerio Público es recabar pruebas para ponerlas a disposición del órgano competente.

Obligación internacional

García Ortiz asegura que «concurren los presupuestos legales» para dar este paso, dada la «especial trascendencia» y «gravedad» de los hechos, así como el «número de víctimas hasta el momento».

«Los hechos acaecidos supondrían graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, resultando de especial singularidad y complejidad una efectiva investigación que, además, presenta derivadas internacionales», afirma.

El jefe del Ministerio Público explica que el artículo 23.4 p) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) «atribuye jurisdicción a los tribunales españoles respecto de ‘cualquier otro delito cuya persecución se imponga con carácter obligatorio por un tratado vigente para España o por otros actos normativos de una organización internacional de la que España sea miembro, en los supuestos y condiciones que se determinen en los mismos'».

Y ello a pesar de que ese mismo artículo en su apartado a) establece que los tribunales españoles solo podrán investigar hechos cometidos fuera del territorio español que pudieran ser constitutivos de delito de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, cuando el procedimiento se dirija contra un español o contra ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas.

El fiscal general recuerda los procedimientos en marcha en la CIJ y en el TPI respecto a los posibles crímenes internacionales cometidos por Israel en Gaza y subraya que España no solo forma parte de ambos sino que, en el caso concreto del impulsado por Sudáfrica en la CIJ, nuestro país «decidió intervenir formalmente el 28 de junio de 2024, ejerciendo su derecho como Estado parte de la Convención para la Prevención y Sanción del Genocidio», y apoyó las medidas cautelares impuestas.

La ONU y genocidio

Alude también al informe publicado el pasado martes por una comisión de Naciones Unidas que califica de genocidio lo ocurrido en Gaza, urge a Israel a frenarlo y exhorta a los miembros de la ONU a ayudar a impedirlo por los medios que les sea posible, entre ellos «cooperar con la investigación de la Fiscalía del TPI».

García Ortiz subraya asimismo que, al margen del citado precepto de la LOPJ, la propia Constitución en su artículo 96.1 declara que «los tratados internacionales, ‘una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno’ y que ‘sus disposiciones solo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho Internacional'».

Apunta igualmente al artículo 10.2 de la Carta Magna, según el cual «las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificadas por España».

Recopilar pruebas

Con todo, el fiscal general sostiene que «nuestro país ha asumido la obligación de prestar la debida colaboración y canalizar la asistencia que se precise de los órganos competentes para la investigación de las conductas que se están produciendo, lo que legitima la apertura de diligencias de investigación en el marco de las competencias del Ministerio Fiscal para hacer real y efectivo el principio de cooperación internacional, de conformidad con una interpretación integradora de las normas internacionales y principios constitucionales».

García Ortiz defiende que, «en el contexto actual, se hace necesaria la cooperación entre los estados para satisfacer las demandas de justicia y seguridad de los individuos y de la sociedad, así como para luchar contra la impunidad de manera efectiva».

Por ello, razona, «los estados se han dotado de mecanismos jurídicos que permiten la actuación extraterritorial en materia de cooperación en la investigación de los graves crímenes internacionales, al tiempo que se salvaguarda la soberanía de cada Estado, permitiendo recopilar elementos de prueba para un posterior enjuiciamiento de los hechos por la jurisdicción que corresponda».

Pruebas de cargo

Sobre esto, sostiene que, «a la vista de la situación actual en los territorios de Palestina, cualquier prueba, directa o indirecta, que sea posible recabar en nuestro país ha de ser incorporada a un marco procesal que permita su utilización posterior».

«Y ello en un doble sentido: como elemento catalizador de la cooperación internacional y de preservación del acervo probatorio que sea posible recopilar para que en un futuro puedan ser utilizadas adecuadamente como pruebas de cargo de los delitos cometidos», detalla.

García Ortiz entiende que «la creación de un equipo de trabajo integrado por los fiscales especialistas concernidos» permitirá «aunar las capacidades operativas de la Fiscalía de la Audiencia Nacional con la especialización en materia de Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la unidad especializada» que dirige Delgado «en la tramitación de las diligencias de investigación que se incoen por estos hechos».

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