Desde el año 2003 hasta el traspaso de competencias al País Vasco en 2021, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias otorgó la semilibertad a 56 presos vinculados a ETA. Esta medida se basó en la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una herramienta legal que introduce flexibilidad en el cumplimiento de las penas al combinar elementos de diferentes grados de clasificación.
Los datos se han dado a conocer a través de una respuesta parlamentaria dirigida al Partido Popular. En dicho documento, el Gobierno especifica que, del total de resoluciones dictadas bajo este artículo, solo una mínima parte afectó a condenados por terrorismo. Según el texto oficial, «se han dictado 11.264 resoluciones en aplicación del artículo 100.2 […] de las cuales 97 fueron referidas a personas condenadas por delitos de carácter terrorista», siendo 56 de ellas pertenecientes a la banda ETA.
El Partido Popular ha vinculado directamente estas decisiones con la política actual, sugiriendo que el uso de estos beneficios responde a una estrategia para garantizar el apoyo parlamentario de EH Bildu. Para la oposición, no se trata de una mera cuestión administrativa, sino de un movimiento político deliberado que favorece a los presos de la organización terrorista a cambio de estabilidad legislativa.
Por su parte, el Ejecutivo se defiende argumentando que estas concesiones no son unilaterales ni arbitrarias. En la respuesta parlamentaria se subraya que las decisiones se toman «con base a los estudios realizados por los profesionales sobre las circunstancias personales y penitenciarias que concurran en cada interno». Además, recalcan que cada propuesta de los equipos técnicos de las cárceles debe contar con la aprobación posterior de un juez de vigilancia.
Sin embargo, esta práctica ha encontrado un obstáculo judicial reciente. El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha cuestionado el uso de este artículo tras revocar la semilibertad de los etarras Anboto y Juan Ramón Carasatorre. El magistrado coincide con asociaciones de víctimas como AVT y Covite, quienes denuncian estas medidas como una suerte de «amnistía encubierta» que evita el control judicial inmediato.
El debate se centra en la necesidad de reformar la norma para que el recurso de la Fiscalía paralice la ejecución de la semilibertad, tal como ocurre con el tercer grado. Mientras el Gobierno central remite ahora al Gobierno Vasco para los datos posteriores a 2021, la estadística histórica refleja que, de las más de 158.000 resoluciones de tercer grado emitidas desde 2003, solo 68 correspondieron a miembros de ETA.