Este lunes entra en vigor una nueva normativa establecida por la Dirección General de Tráfico (DGT), la cual regula tanto los patinetes eléctricos como todos los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
A partir de esta fecha, todos los patinetes comercializados deben llevar un marcado específico que indique el número de homologación del vehículo, el nombre del establecimiento de adquisición y las características del propio patinete.
La normativa busca asegurar que todos los patinetes cumplen con estándares de seguridad, al incluir la presencia de luces reflectantes en los laterales, la parte trasera y delantera, interruptores adecuados, y un sistema de frenado correcto tanto en la parte delantera como en la trasera.
Esta regulación aplicará únicamente a los patinetes adquiridos a partir del 22 de enero de 2024. Aquellos comprados antes de esta fecha podrán circular hasta enero de 2027, momento en el cual el certificado de homologación será obligatorio para la circulación de estos vehículos.
En cuanto a la conducción de estos vehículos, solo está permitido llevar a un usuario, el conductor, con una velocidad limitada entre 6 y 25 km/h. Se prohíbe manipularlos para superar estas limitaciones y se aconseja el uso de casco para una mayor seguridad. Además, se establece la preferencia de circular por carriles bici o, en su ausencia, por la calzada, prohibiendo el uso de auriculares o el teléfono móvil durante la conducción.
Como medida adicional de seguridad, se recomienda el uso de guantes protectores y elementos reflectantes adicionales. Al seguir la lógica de cualquier otro vehículo, se enfatiza la necesidad de revisiones periódicas para garantizar su buen estado.