Una mujer ha sido condenada a dos años de cárcel y a pagar 29.658 euros por cobrar durante años la pensión de su abuela fallecida. Lo ha decidido el Tribunal Supremo, que revoca así la absolución dictada por los tribunales asturianos.
La Sala de lo Penal la condena por fraude de subvenciones. Deberá abonar esa cantidad al Instituto Nacional de la Seguridad Social como responsabilidad civil. Además, no podrá recibir subvenciones ni disfrutar de beneficios fiscales o de la Seguridad Social durante tres años.
Es la primera vez que la condenan. La Audiencia Provincial de Asturias y el Tribunal Superior de Justicia asturiano la habían absuelto. La Seguridad Social recurrió y el Supremo estima ahora su recurso.
Según la sentencia, la abuela tenía una cuenta en la que figuraba como cotitular su hija, madre de la condenada. En ella se ingresaba cada mes su pensión de viudedad.
La pensión siguió ingresándose tras el fallecimiento de la titular. Hasta diciembre de 2019, la Seguridad Social y el banco desconocían que había muerto.
La nieta aprovechó esa situación para disponer del dinero, sabiendo que la cuenta se nutría solo de la pensión. Hizo reintegros, transferencias, pagos con tarjeta y domiciliaciones de recibos.
La cuenta no se canceló hasta 2021. Las pensiones ingresadas ascendieron a 61.834,46 euros. El banco ya había devuelto una parte a la Tesorería General de la Seguridad Social.
El tribunal reconoce que la Seguridad Social y el banco no controlaron si la titular seguía viva, lo que supone una falta de control. Pero señala que eso no cambia que los ingresos de los que se aprovechó la nieta fueran indebidos.
Según los magistrados, el delito consiste en disfrutar de una pensión ocultando de forma consciente hechos que se tenía el deber de comunicar. Ese deber, explican, nace de la normativa aplicable.
La responsabilidad civil de 29.658 euros corresponde a las percepciones indebidas, una vez descontadas las cantidades ya reintegradas.