El Tribunal de Cuentas aplica la amnistía a Puigdemont y lo absuelve por los gastos del procés

14 de octubre de 2026
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Carles Puigdemont

La sentencia también exonera a Artur Mas, Oriol Junqueras y al resto de encausados por el presunto desvío de fondos para el 1-O y la acción exterior independentista

El Tribunal de Cuentas ha acordado aplicar la ley de amnistía al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y al resto de encausados en el procedimiento por el presunto desvío de fondos para financiar el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y las actividades de acción exterior vinculadas al procés independentista.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el órgano fiscalizador concluye que «no ha resultado acreditado» que los gastos investigados se sufragaran con fondos públicos procedentes del presupuesto de la Unión Europea. A partir de esta conclusión, declara procedente aplicar la medida de gracia y absolver a todos los encausados.

La resolución también ordena levantar las medidas cautelares que se habían adoptado durante la fase de actuaciones previas, lo que supone el cierre de esta causa de responsabilidad contable para los afectados.

Puigdemont, Mas y Junqueras, entre los beneficiados

La decisión alcanza a varios de los principales dirigentes del proceso independentista catalán. Además de Puigdemont, figuran entre los encausados el expresidente de la Generalitat Artur Mas, el exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull, Toni Comín y Lluís Puig, entre otros.

El procedimiento examinaba la presunta utilización de recursos públicos para sufragar tanto la consulta del 1-O como distintas iniciativas de proyección internacional del movimiento independentista.

La aplicación de la amnistía permite poner fin a las actuaciones contra los dirigentes incluidos en la sentencia, una vez que el tribunal ha determinado que no se ha acreditado el origen europeo de los fondos investigados en los términos señalados en la resolución.

El Tribunal de Cuentas investigaba si los responsables políticos debían responder económicamente por los gastos relacionados con el referéndum independentista de 2017 y con la actividad exterior desarrollada durante el procés.

La sentencia combina dos elementos decisivos: la aplicación de la ley de amnistía y la conclusión de que no ha quedado acreditado que los gastos se financiaran con fondos procedentes del presupuesto comunitario.

Con esta resolución, el órgano fiscalizador absuelve a los encausados y deja sin efecto las medidas cautelares acordadas en el procedimiento, en una nueva decisión judicial con consecuencias para las responsabilidades económicas que se les atribuían por la organización y promoción del proceso independentista.

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