El Supremo avala la actuación de la Policía en el «Rodea el Congreso»

2 de agosto de 2023
2 minutos de lectura
Fachada del Tribunal Supremo. | Fuente: Europa

Asegura que el operativo no fue «desproporcionado» y desestima el recurso de uno de los dirigentes de la plataforma Coordinadora 25S

El Tribunal Supremo (TS) avaló la actuación de un grupo agentes policiales en el ‘Rodea al Congreso’, en 2014, y confirmó su absolución; al considerar que «no hay en el relato dato alguno acerca de una actuación ilegítima o desproporcionada de los agentes policiales o sobre una causación dolosa de las lesiones».

Los hechos se remontan al 4 de octubre de 2014, sobre las 10.00 horas, cuando tuvo lugar en las inmediaciones de la Puerta del Sol de Madrid una concentración –que no había sido comunicada a la Delegación del Gobierno de Madrid– emplazada por la plataforma Coordinadora 25S bajo el lema ‘Rodea el Congreso’.

La Sala de lo Penal incide en que los agentes intentaron «impedir una manifestación de cuya celebración no se había dado cuenta, como es obligación legal, a la correspondiente Delegación del Gobierno». La Policía avisó a los manifestantes que la concentración debía de disolverse, pero «lejos de ello» la manifestación siguió adelante sin acatar la orden, recalca el Supremo.

El alto tribunal subrayó, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, que ante tal escenario la Policía trazó «una línea de fuerza para impedir» la «prosecución» de la manifestación, aunque los manifestantes finalmente optaron por avanzar frente a tal línea, por lo que se produjo un «episodio de fuerza» en el que resultaron heridos tanto policías como manifestantes.

Por estos hechos, tres manifestantes fueron acusados de atentado en concurso ideal con lesiones, mientras que a los agentes policiales se les atribuyó presuntas lesiones dolosas. La Audiencia Provincial de Madrid les absolvió a todos y uno de los manifestantes elevó el caso al Supremo con la intención de que éste corrija la resolución relativa a los policías.

Ratifica la valoración de las pruebas

El alto tribunal, sin embargo, ha desestimado el recurso de casación que presentó uno de los dirigentes de la plataforma Coordinadora 25S, que alegaba que la resolución de la Audiencia de Madrid había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva y que contaba con un «error de apreciación de la prueba».

En 19 folios, los magistrados han explicado que en las acciones recogidas en las grabaciones que fueron exhibidas durante el juicio «no existe ningún uso de la fuerza por parte de la policía» ni consta que actuasen con una «actitud rebelde» que llevase a los manifestantes a caerse. «Tampoco existe ninguna prueba de que algún componente de la fuerza policial pisase de propósito» a una de las manifestantes, ha apuntado la Sala.

Así las cosas, el Supremo –en una resolución de la que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar– ha concluido que la sentencia de la Audiencia de Madrid fue «perfectamente razonada».


Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

Tres detenidos tras un violento secuestro en Zaragoza: golpes, descargas eléctricas y amenazas de muerte por una deuda

A los arrestados se les imputan los supuestos delitos de secuestro, lesiones, tenencia ilícita de armas y delito contra la…
Cataluña no quiere entrar en el reparto de menores migrantes

La migración irregular en la ruta canaria cae un 83% en 2026 respecto a los dos primeros meses de 2025

La escalada de la situación en Oriente Medio podría alimentar los desplazamientos en la región en los próximos meses…

La Guardia Civil desarticula en Barcelona una trama de estafas amorosas y falsas inversiones inmobiliarias

Los tres detenidos habrían movido cerca de 760.000 euros en 500 operaciones bancarias…

Los hijos de Francisca Cadenas sienten “alivio” aunque están “destrozados emocionalmente”: “Nos queda el duelo”

José Antonio, uno de los hijos de la víctima, reconoce que tenía una "corazonada" desde la noche de la desaparición…