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El profesor detenido durante 48 horas tras ser acusado de un falso machismo exige al Estado 120.000 euros

Violencia de Género, Luciano Méndez Naya

Luciano Méndez Naya, profesor de la USC.

Luciano Méndez Naya, el profesor de la Universidad de Santiago de Compostela (USC) detenido arbitrariamente por la Guardia Civil el 8 de mayo de 2019 por violencia de género sin que ninguna mujer le hubiese denunciado, exige ahora al Estado una indemnización de 120.000 euros por los daños y perjuicios causados: su caso fue difundido por casi toda la prensa gallega y la nacional y le costó ser suspendido durante dos meses en su empleo en la universidad.

El profesor Méndez Naya fue detenido ese día y llevado ante la justicia. Estuvo 48 horas detenido, pese a que la mujer que los agentes decían que había maltratado les repitió a ellos y después al juez que no había sucedido nada y que, por tanto, nada quería denunciar. El juzgado le absolvió inmediatamente en contra incluso del criterio del fiscal, que formuló acusación contra él y le pidió una pena de cárcel en un juicio rápido.

Lo sucedido fue surrealista, pero no violencia de género o machista. El profesor Méndez Naya estaba con una chica en su casa y, según su propio relato, la mujer se puso “muy nerviosa” y le dio “dos bofetones” para que se tranquilizase. Como no se tranquilizaba, cogió el teléfono y llamó a los servicios sanitarios para pedirles asistencia médica. Les dijo que era para una amiga suya que estaba en casa y que, pese a que le había dado dos “bofetadas” para tranquilizarla, la chica seguía “muy nerviosa”.

Llamó a Sanidad y acudió la Guardia Civil

Sin embargo, a su casa acudieron agentes de la Guardia Civil, no sanitarios, y se lo llevaron detenido. La supuesta víctima se opuso y aseguró que no quería denunciar porque no se sentía maltratada. Aun así, los agentes le llevaron al juzgado, que le abrió diligencias y, varios días después, remitió el tema a un juzgado penal. El juez celebró un juicio rápido y le absolvió. La chica había pedido insistentemente que no se abriese ningún procedimiento porque no había sucedido nada.

En ese momento, Méndez Naya ya era conocido en la prensa gallega. Resultó que había protagonizado algunas polémicas con anterioridad en la Universidad y había salido en prensa por realizar comentarios en clase sobre el escote de una alumna, a la que pidió que se sentase en una última fila porque le ponía nervioso, dijo, la forma en que llevaba su escote. Por este motivo, fue suspendido dos meses de empleo y sueldo por la Universidad, que le abrió un expediente. Y a partir de ahí tuvo otras intervenciones públicas a través de las redes sociales también muy polémicas.

Hizo comentarios sobre el tema de La Manada de Pamplona en los que aseguró que la víctima, en su opinión, no fue tal, y que lo ocurrido había sido una decisión consentida por ella. La Universidad no quiso intervenir en este tema porque entendió que su actuación era ajena al centro y que tales comentarios los hizo en el marco de su privacidad. Sus compañeros aseguran que, pese a sus excentricidades, es una eminencia en matemáticas y que sus alumnos tienen en general un buen concepto de él. Tras la polémica, el profesor señaló a la prensa que él no es machista y que siempre fue muy respetuoso con las mujeres.

A Méndez Naya, profesor de Matemática de la USC, le sentó muy mal la campaña desatada contra él por los lobbies feministas. Por eso ha puesto una demanda contra el Estado, por las 48 horas que estuvo detenido sin que la supuesta víctima, la chica “nerviosa”, ni nadie, le hubiese denunciado. Exige ser resarcido por el daño personal sufrido. En la demanda que ha interpuestos por estos hechos ante el Ministerio de Justicia explica: “Fui detenido por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y privado de libertad durante más de 48 horas, sin que se hubiera formulado acusación en mi contra, por unos supuestos malos tratos a una chica llamada Yesenia, y obligado a dejar mi domicilio propio, en el que se quedó la supuesta maltratada”.

“Absolutamente desproporcionada”

Fue una medida “absolutamente desproporcionada”, añade, ya que “Yesenia era una persona conocida mía, soy profesor titular de la USC, con domicilio fijo en Santiago desde hace años (…) Tuve que acudir al juzgado varias mañanas, perdiendo mi valioso tiempo de trabajo, y teniendo que costear un abogado que me defendiera y un procurador que me representara”. Y añade: “Toda España se enteró del proceso judicial, ya que la noticia fue portada en El Correo Gallego y la Voz de Galicia, emitida en los informativos de distintos canales de televisión y colateralmente en las redes sociales. Durante todo este tiempo fui duramente acosado e insultado, llegando a ser invitado a abandonar algún local público, por estar bajo sospecha de ser un maltratador de mujeres”.  

Añade el profesor que “la única acusación que se formalizó contra mí fue la de la Fiscalía en el acto del juicio, con el resultado de que la supuesta víctima no denunció ni existía informe médico alguno de supuestos malos tratos físicos y/o psicológicos. El resultado de dicho juicio”, continúa, “fue la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Santiago en el procedimiento de juicio rápido 176/2019, la cual es firme”.  

Y concluye: “La actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de la instrucción judicial carecían de cualquier resolución motivada que le fuera notificada sobre la privación de su derecho de libertad o de ser sometido públicamente a un proceso judicial con acusaciones muy graves, sin la más mínima prueba que las sustentase, sin informes médicos físicos o psíquicos, sin acusación de supuesta víctima y sin prueba objetiva alguna que justificase tal proceder”.

El Ministerio de Justicia, antes de dictaminar si procede y, en su caso, cuánto, una indemnización, ha remitido este caso al Consejo General del Poder Judicial.

FUENTES INFORMADAS ha tenido acceso al dictamen del Consejo, que señala: “No resulta discernible un anormal funcionamiento de la Administración de Justicia, entendido, según la jurisprudencia, como la constatación de defectos en la actuación de los juzgados y tribunales concebidos como complejo orgánico en el que se integran diversas personas, servicios, medios y actividades y que abarca las irregularidades cometidas en el procedimiento judicial como dilaciones indebidas, falta de ejecución de resoluciones judiciales, irregularidades en las notificaciones o pérdida o deterioro de objetos en depósito”.

Es decir, que lo que denuncia el profesor no se halla dentro de los supuestos en los que el Consejo entiende que hay una responsabilidad patrimonial del Estado.

En su dictamen, el Consejo añade que no está facultado para valorar las decisiones judiciales, y que esto solo cabe hacerlo mediante la interposición de un recurso por error judicial ante instancias judiciales superiores. Entiende el Consejo que los ciudadanos están obligados a “soportar las consecuencias” de cualquier proceso judicial que se les abra. “La existencia de un proceso penal constituye una carga para los sujetos pasivos del mismo, para los que el ordenamiento jurídico impone un deber de soportar sus consecuencias.

Y, en todo caso, la eventual cobertura mediática de determinada actuación jurisdiccional en el ámbito penal constituye un hecho ajeno a la actividad de la Administración de Justicia y cuyas eventuales consecuencias dañosas para los derechos de la personalidad del afectado deberán dirimirse de conformidad la legislación en materia de protección civil de los derechos al honor, la intimidad y la propia imagen”.

O sea, que si se sintió perjudicado por la divulgación de su imagen que acuda los juzgados de lo civil y demande a los medios. Pero que no hay ninguna responsabilidad del Estado si un juez o la Guardia Civil, sin que nadie haya denunciado nada, abre un proceso penal contra alguien. Está “obligado a soportar las consecuencias”. Si Justicia dictamina que no le indemniza, el profesor puede acudir a los tribunales de lo contencioso-administrativo.

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