Las universidades y centros del sistema universitario español que iniciaron su actividad académica antes de la entrada en vigor de los nuevos requisitos tendrán un plazo de hasta tres años para adaptarse a las nuevas exigencias. Asimismo, aquellas ya creadas pero aún sin autorización para operar contarán con tres años desde su autorización para cumplir con las normas establecidas.
El borrador del proyecto de real decreto, al que ha accedido EP, busca modificar las regulaciones sobre creación, reconocimiento y acreditación de universidades, estableciendo criterios más estrictos para su funcionamiento.
Entre las nuevas condiciones, las universidades que ya operan antes de la entrada en vigor del decreto no estarán obligadas a disponer de capacidad de alojamiento para al menos el 10% de los estudiantes de Grado en su cuarto o quinto año de funcionamiento.
Las comunidades autónomas, o el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en casos específicos, deberán verificar que las universidades cuenten con al menos 4.500 alumnos al inicio de su actividad. En caso de incumplimiento, podrían iniciar un expediente para revocar la autorización de funcionamiento.
Además, las universidades deberán garantizar que, cinco años después del inicio de su actividad, el número de estudiantes matriculados en titulaciones oficiales de Grado, Máster y Doctorado supere los 4.500. Asimismo, los estudiantes de Grado y dobles Grados deberán representar al menos el 50% del total del alumnado matriculado en programas oficiales.
En universidades con una elevada presencia de estudiantes extranjeros en Másteres (superior al 50%), se exigirá que al menos el 35% del alumnado esté matriculado en programas de Grado. Esto busca equilibrar la composición estudiantil y fomentar la internacionalización.
Otro de los requisitos establece que las universidades deberán captar, a través de investigación y desarrollo (I+D+I), al menos el 2% de su presupuesto anual en un plazo de cinco años. Si no se alcanza este objetivo, las autoridades competentes acordarán medidas obligatorias para corregir la situación. De persistir el incumplimiento tras dos años, se podrá revocar la autorización de actividad universitaria.