El director adjunto operativo (DAO) de la Guardia Civil, el teniente general Manuel Llamas, ha respondido por escrito al juez Santiago Pedraz sobre las informaciones reservadas abiertas a mandos de la Unidad Central Operativa (UCO).
Llamas sitúa el origen de la primera investigación en una llamada de la directora general de la Guardia Civil, Mercedes González, y otra del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
Ambos le telefonearon antes de que se abriera la investigación sobre los investigadores de la UCO.
El oficio, firmado por Llamas el 13 de octubre, se incorporó a la causa mediante una providencia del magistrado. Lo presentó la Abogacía del Estado en nombre del propio DAO, mediante un escrito firmado por Edmundo Bal.
Pedraz ordenó unirlo a las diligencias previas 150/2025 y dar traslado al Ministerio Fiscal y al resto de las partes personadas.
El juez preguntó el 6 de octubre por qué únicamente constaba que se había informado a la directora general de la apertura y el cierre de algunas informaciones reservadas, pero no de otras.
Llamas explica que solo recibió comunicación formal del inicio y del final de la primera, identificada como IR 1/24.
Según el DAO, la explicación es que la propia directora general «estuvo en la génesis de la misma» mediante una llamada, a la que se sumó «otra del ministro del Interior».
En el escrito, Llamas señala que ambas llamadas sirvieron para ponerle al corriente de los perjuicios causados por la divulgación de datos de personas ajenas a una investigación de la UCO.
Esta investigación continuó ante un juzgado de Badajoz, sede judicial en la que se instruyó la causa contra David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno.
La segunda información reservada, la IR 1/25, tampoco se comunicó por escrito a la directora general al concluir. Llamas lo justifica alegando que fue la propia González quien ordenó incoarla y que, por tanto, «conocía de primera mano» su tramitación. El fragmento original relativo a este punto está incompleto y debe cotejarse con el oficio.
En relación con las tres informaciones reservadas, el DAO matiza la pregunta del juez: afirma que no las incoó directamente, sino que ordenó a responsables de distintas unidades que lo hicieran, al margen de las afectadas, para garantizar una mayor objetividad.
De dos de ellas remitió un oficio a la directora general, quien, según Llamas, «estuvo ajena a su génesis».
El DAO presenta estas actuaciones como «cuestiones de gobierno interno». La excepción sería una investigación sobre denuncias recibidas por el Servicio de Asuntos Internos, de cuya existencia informó verbalmente a González porque ella figuraba entre las personas aludidas en uno de los anónimos que dieron origen a las actuaciones. Este pasaje requiere comprobar el contenido exacto del documento original.
El fragmento más llamativo del oficio se refiere a la investigación identificada como «IR 2…», cuya denominación aparece dañada en el texto facilitado. De ella constan dos escritos: uno de incoación, firmado por el DAO, y otro de conclusión, firmado por el instructor general.
Llamas afirma que no se informó a la directora general «ni del anómalo comienzo» ni de «su abortada tramitación».
El juez también pidió detalles sobre los expedientes disciplinarios abiertos y sobre su posible relación con investigaciones judiciales.
La respuesta, apoyada en un oficio del coronel jefe de la UCO, Pedro Merino Castro, fechado el 8 de octubre, identifica cuatro expedientes:
Llamas certifica que ninguno de estos expedientes estuvo motivado «directamente» por hechos vinculados a investigaciones judiciales.
No obstante, introduce dos matices. Por un lado, invoca la doble dependencia de la Policía Judicial prevista en el Real Decreto 769/1987. Por otro, advierte de que su certificación no determina qué hechos dieron origen a cada expediente disciplinario. La formulación jurídica exacta de ambos matices debe contrastarse con el oficio.
La providencia del 6 de octubre incluye otro requerimiento dirigido al jefe de la Policía Judicial, Alfonso Alberto López Malo.
El juez le pide aclarar si, durante la IR 1/24, existió un intercambio de mensajes por teléfono móvil anterior a la nota de despacho del 29 de noviembre de 2024, tal como declaró el DAO. En caso afirmativo, solicita que se aporten esos mensajes.
También reclama un informe sobre los dispositivos que podrían haber sido intervenidos a Koldo García, en relación con una posible filtración de información del 11 de mayo de 2025. Distintos medios han publicado informaciones sobre discos duros y un dispositivo USB.
Pedraz considera que el DAO presentó una versión aparentemente contradictoria con un mensaje de WhatsApp de esa misma fecha entre mandos. En él se afirma, por un lado, que no hay nada relacionado con los dispositivos mencionados por Ábalos y, por otro, que la UCO está revisando los soportes de la operación Delorme «por si apareciera lo publicado en el diario El Mundo».
El oficio de la UCO del 8 de octubre confirma otros movimientos procesales. El primero es un requerimiento judicial dirigido al PSOE, cuya asesoría jurídica habría acusado recibo el 7 de octubre. El nombre de la persona destinataria y el contenido exacto de la diligencia no se distinguen en el original.
El segundo es el envío a la unidad de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) adscrita a la Fiscalía Anticorrupción de una copia digital de las evidencias de la causa, almacenadas en dos discos duros de 16 terabytes cada uno.
Con ese material, la IGAE debe informar sobre los expedientes de contratación investigados y sus procedimientos de adjudicación.
Pedraz investiga una presunta trama que habría liderado el exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán y coordinado la exmilitante socialista Leire Díez para tratar de desbaratar causas judiciales que afectan al partido o al Gobierno.
El 2 de julio, el juez imputó a Llamas y a Mercedes González por presuntos delitos de prevaricación y obstrucción a la justicia. Según los informes de la UCO, la apertura de las informaciones reservadas coincidió con una intensificación de los contactos entre la directora general y Leire Díez.
La Fiscalía Anticorrupción atribuye a la directora general un uso «instrumental» de los expedientes disciplinarios como mecanismo de presión sobre los investigadores.
En su declaración del 16 de julio, Llamas negó haber presionado a la UCO para que se apartara de sus investigaciones y defendió que es habitual abrir informaciones reservadas que posteriormente se cierran sin consecuencias disciplinarias.
Tanto el DAO como la directora general de la Guardia Civil gozan de la presunción de inocencia.