Hoy: 21 de noviembre de 2024
La Audiencia Provincial de Madrid, según informa EP, ha condenado a seis años de cárcel a un acusado de matar en abril de 2023 a su pareja en un piso de Puente de Vallecas en el transcurso de un ritual al apreciar el tribunal una eximente incompleta por alteración psíquica al sufrir el agresor un trastorno psicótico en el momento de los hechos por el consumo de drogas.
Así consta en la sentencia, a la que ha accedido la agencia de noticias, en la que los magistrados penan a Gustavo Daniel O. por un delito de asesinato con la citada eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica. Del mismo modo, se le impone como medida 10 años de libertad vigilada una vez que sea excarcelado.
El crimen se perpetró tras haber ingerido el procesado sustancias tóxicas en un piso de Puente de Vallecas, en el transcurso de un supuesto ritual. Este extremo ha sido negado por Gustavo Daniel O. en el juicio. Ese mismo día, el acusado grabó y difundió en redes sociales un vídeo en el que mostraba un cuadro con la imagen de Jesucristo y decía “lo siento mucho”.
La defensa, representada por el letrado Alberto Ruiz de Alegría García, ha valorado en declaraciones a EP que la condena haya sido de seis años de prisión, frente a las peticiones de las acusaciones, si bien considera que un órgano colegiado frente al Jurado Popular habría establecido, muy probablemente “anulación completa de las facultades volitivas”.
Sin embargo, a pesar de que el forense manifestó exactamente eso en el acto de juicio, es decir, que estaban anuladas, se ha considerado probado exclusivamente que estaban “muy notablemente menoscabadas”.
El abogado del acusado cree que hay “un contexto en el que se puede pedir nulidad de procedimiento con la repetición de juicio” y recurrirá el fallo al considerar que se podría haber aplicado una eximente completa ante los informes forenses.
En la resolución, los magistrados exponen frente a la solicitud del fiscal de que se le interne en un psiquiátrico que “no hay motivo” para afirmar tal necesidad. “El episodio ha sido puntual, inducido por tóxicos, y no requiere de una medicación continuada ni de medidas que precisen el internamiento en centro cerrado, a salvo el control médico en prisión”, señala la Sala.
En las investigaciones periciales, los forenses pudieron certificar que el acusado sufrió un trastorno psicótico probablemente por el consumo de estupefacientes. Por su parte, los agentes de la Policía Nacional que acudieron al domicilio ratificaron que estaba completamente ido con un crucifijo entre sus manos que hizo con palos y una imagen de Jesús.
En su declaración, recogida por EP, Gustavo narró que en el momento de los hechos perdió la conciencia y no recordaba nada de lo sucedido, señalando que nunca le había agredido antes ni había deseado su muerte.
El agresor relató que mantuvo una relación sentimental con la víctima entre 2019 y 2021. En el momento de los hechos, abril de 2023, aseguró que ya no eran pareja, aunque residían bajo el mismo techo. De la misma forma, aseveró que, en aquella época, consumía metanfetamina fumada y algo de ketamina.
El acusado, que se intentó suicidar hace dos meses, negó que le gustara el esoterismo y la magia, algo que, según dijo, sí le atraía a la víctima y a su familia. En la escena del crimen, según EP, la Policía halló sal esparcida por el suelo y un libro de rituales.
La noche del 1 al 2 de abril consumió metanfetamina y se encontraba en la vivienda. Su expareja había salido y llegó sobre las seis de la mañana al piso. “Yo estaba en la cocina y encontré un libro de rituales detrás de un cuadro y me enfado. Discutí con él como tantas veces y me pidió que no me fuera de casa”, detalló.
En un momento determinado de la noche y tras tomar un café, empezó a sentirse mal y no sentía las manos. “Perdí la conciencia y ya no recuerdo nada”, relató sin recordar haberle agredido. “Nunca deseé su muerte”, manifestó.
La conciencia la recobra días después cuando estuvo ingresado en una unidad psiquiátrica de un hospital madrileño, teniendo conocimiento de los hechos ya en la cárcel de Soto del Real.
Los peritos manifestaron que en total el acusado le ocasionó hasta 71 lesiones, 14 lesiones contusas, 3 incisas, 30 lesiones punzantes, 22 lesiones inciso punzantes y dos lesiones de otro tipo, “lo que le supuso un sufrimiento innecesario”. Solo había tres lesiones de defensa, lo que refuerza la calificación jurídica de un delito de asesinato y no homicidio, informa EP.
Por su parte, el fiscal mantiene que el hecho delictivo se cometió en el transcurso de un trastorno psicótico por la ingesta de drogas. El procesado, con evidentes síntomas de estar bajo los efectos de las drogas, fue detenido en el mismo piso por un delito de homicidio en el ámbito de violencia de género y trasladado a la comisaría de Tetuán.
En su escrito recogido por EP, el fiscal solicitaba catorce años de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y una eximente incompleta por alteración psíquica. La defensa solicitó una eximente completa que le eximiría de responsabilidad penal, por lo que recurrirá ahora la sentencia.