En plena transición de un colegio de comisarios saliente a otro entrante, tras las elecciones europeas de junio de 2024, mientras el Consejo Europeo nombraba a la Comisión Europea, el 28 de noviembre de 2024, el director jurídico de la Comisión desde 2020, Daniel Calleja, daba autorización al miembro del Servicio Jurídico, Carlos Urraca Caviedes, para presentar el 9 de diciembre de 2024, en calidad de agente, las alegaciones sobre la ley de amnistía española en el marco del planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Urraca Caviedes y Céline Valero, integrantes del Servicio Jurídico, elaboraron el escrito.
Estas observaciones fueron filtradas al periódico digital El español este martes 11 de junio que presentó lo que es la principal alegación, a saber, que la ley de amnistía no afecta a los intereses financieros de la Unión Europea (UE) como una conclusión secundaria, sin ningún reflejo en sus titulares, que cedían el protagonismo a lo que es el planteamiento de lo que hemos llamado el «sindicato político mediático-judicial».
A saber: que la ley de amnistía es una autoamnistía de Pedro Sánchez, una idea del entonces presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, plasmada en el informe sobre los indultos parciales a dirigentes independentistas del que fue ponente.
Según fuentes próximas al ministro de Justicia, Félix Bolaños, este advirtió que Daniel Calleja, estaba «colando el argumentario del Partido Popular después de reconocer que la ley de amnistía no afectaba los intereses financieros de la UE».
El ministro, pues, protestó por esa conducta tras recibir las alegaciones, en el mes de abril pasado. «Se aprovechó -denunció Bolaños ante la Comisión- del vacío de poder a primeros de diciembre de 2024 cuando un colegio de comisarios estaba de salida y otro estaba llegando. Y coló el argumentario del PP pero admitiendo que los intereses financieros de la UE no estaban afectados por la ley de amnistía, cosa que era evidente».
En efecto, el informe sostiene: «No parece que la ley de amnistía responda efectivamente a un objetivo de interés general reconocido por la Unión. De entrada, la ley parece constituir una autoamnistía, por dos motivos. En primer lugar, porque los votos de sus beneficiarios han sido fundamentales para su aprobación en el parlamento español. En segundo lugar, porque el proyecto de ley es parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España”.
Daniel Calleja fue jefe de gabinete de los comisarios europeo Loyola de Palacio y Marcelino Oreja (PP).
Es infrecuente en este tipo de informes de carácter técnico esta y otras valoraciones parecidas.
Bolaños pidió la cabeza de Calleja y cree, según las fuentes consultadas, que el anuncio de la CE del 14 de mayo de 2025 de que el todavía director jurídico sería transferido a España se debe a su intervención personal. En las observaciones presentadas se sostiene ante el TJUE que el movimiento independentista del procés no ha dañado los intereses financieros de la UE.
«En efecto, los demandados en el asunto principal no tienen autoridad para recaudar y poner a disposición recursos propios de la Unión. Además, los fondos desviados no se tienen en cuenta directamente para generar ingresos puestos a disposición de la Unión en virtud de la Decisión sobre recursos propios”, señalan las observaciones.
Como las alegaciones son una respuesta al argumento del Tribunal de Cuentas presentado ante el TJUE (cuestión prejudicial), se advierte que «no muestra un vínculo suficientemente directo entre las ilegalidades en cuestión [procés] y los recursos propios de la Unión, en particular la contribución basada en la RNB (Renta Nacional Bruta)», indican.
«La hipotética reducción de la RNB de España [para contribuir a la financiación de la UE] resultaría de un conjunto de acciones múltiples, entre las que la organización del referéndum ilegal y la acción exterior son sólo dos elementos más, cuyo impacto es difícil medir», afirma.
Estas razones atacan de hecho los argumentos de magistrados Marchena y Llarena quienes en sendos autos ponían de relieve la afectación a los intereses de la UE.
En el auto del que fue ponente Marchena, entonces presidente de la Sala Segunda del Supremo, se apuntó que los intereses económicos de la UE resultaron afectados aunque fuera por «una desconexión que no duró más que unos pocos segundos». Como todo el mundo sabe, a la declaración de independencia siguió su inmediata suspensión para negociar, según se recoge en la propia sentencia del Supremo, de la cual fue también ponente Marchena.