Alfonso Pazos Fernández
DESDE LA MERCED HASTA EL 45 ANIVERSARIO DE LA PRIMERA LEY ORGÁNICA DE LA DEMOCRACIA.
Capítulo 3: Promulgación de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Antecedentes históricos.
“La subordinación se rompe cuando el que debe obedecer rehúsa la obediencia; pero se rompe también cuando el que manda no da a cada cual lo que le corresponde en Derecho.” “Hay un estilo militar de vida” -Jorge Vigón
Para comprender un poco el porqué de la Ley Orgánica General Penitenciaria (En adelante LOGP), por qué fue la primera ley que se promulgó en democracia y el por qué encierra ese progresismo tan aclamado para su época, hay que echar un vistazo a los antecedentes históricos, hay que ver como estaban las cárceles, la política y nuestra sociedad en los años previos a 1979.
Franco falleció el 20 de noviembre de 1975 después de una larga enfermedad que dio pie a múltiples rumores sobre si había muerto ya o no, y si lo estaban manteniendo con vida artificialmente, o si las imágenes y las noticias que se publicaban en las cadenas públicas, las únicas por aquel entonces, eran ciertas o no.
Toda la sociedad vivía un poco en tensión al no saber muy bien qué sucedería a la muerte del dictador y eso que Franco ya había promulgado, en el año 1947 la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado, en la cual se establecía que la Jefatura del Estado pasaría a la persona que Franco designara a título de Rey o de Regente y que el estado español se constituiría en un Reino.
No obstante, las fuerzas vivas de la época, los “cachorros” del franquismo, no estaban muy de acuerdo con esa decisión de su amado líder. Por ello, viendo que a Franco le quedaba poco tiempo de vida, la incertidumbre era grande.
Económicamente, España no terminaba de despegar y seguía siendo un país en “vías de desarrollo”, aunque podría parecer que la “vía” estaba muerta.
Nuestras cárceles vivían tiempos convulsos, estaban saturadas, eran viejas y no tenían los más mínimos elementos higiénicos y por supuesto no sabían lo que era un tratamiento o eso de la resocialización y reeducación.
El cine nos ha dejado alguna imagen con la que hacernos una idea de cómo era estar en prisión en aquellos tiempos, como por ejemplo ”Celda 211” de Daniel Monzón (2009) o la más reciente “Modelo 77” de Alberto Rodríguez del año 2022, aunque hay muchas más.
Hay que recordar que una vez fallecido el dictador Franco se concedieron dos amnistías en los años 1977 y 1978, pero tan sólo a los presos políticos, dejando fuera a los comunes, lo que agravó las tensiones dentro de las prisiones. Los motines y los plantes se sucedían por toda la geografía carcelaria de aquellos años. A todo ello hay que añadir los asesinatos de las dos bandas terroristas activas en España, ETA y los GRAPO.
Así, con ese panorama, se encontró D. Carlos García Valdés con el nombramiento de Directo General de Instituciones Penitenciarias y el encargo como jurista de prestigió que era, de la redacción y presentación ante las Cortes Generales de la actual LOGP.
Las fuerzas políticas habían llegado a ponerse de acuerdo con el texto constitucional, por lo que no era difícil llegar a un acuerdo también en el tema penitenciario y así la LOGP se aprobó por unanimidad en el Congreso y por aclamación en el Senado. Vítores, abrazos, brindis y enhorabuenas.
Años después, 25 en concreto, el magistral Sr. D. Francisco Bueno Arús, en el prólogo al texto de la editorial COLEX sobre la “Ley General Penitenciaria” escribía lo siguiente:
“Y no era el enésimo intento conocido por la Historia de utilizar los fines reeducadores y resocializadores de la pena como máscara y tapadera de corrupción y de hipocresía, sino de concentrar todas las fuerzas y todos los recursos para sacar el mejo partido posible de las aptitudes correccionales del tratamiento en un momento histórico…”
“También el estamento político estaba convencido. Recordemos que el Parlamento español aprobó la LOGP prácticamente por aclamación y que, por encima y al lado de los aplausos, se elevaron voces que estimulaban a la persona concreta que en aquellos días encarnaba la reforma penitenciaria, con el apoyo de muy diversos colores del espectro político, a proseguir en el camino iniciado con la Ley de 1979, “por si algún día -dijo un célebre político- tenemos que volver a las prisiones”. El apoyo fue prácticamente unánime.”
“La LOGP inició su andadura e medio, pues, de clamores de adhesión. Y sin que el Parlamento exigiera perentoriamente -como ha hecho en ocasiones semejantes- la unión al Proyecto de Ley de un estudio económico que pretendiera garantizar la posibilidad real y jurídica de disponer de un plan de arquitectura penitenciaria que permitiera cubrir sin agobios la primera parte de la reforma penitenciaria pendiente, y de un plan de adquisición de medios y de selección de funcionarios que garantizara igualmente que el tratamiento no se iba a quedar en letra muerta.”
Y así seguimos 45 años después y sin tocar prácticamente ni una coma de la LOGP, pero también sin dotarla de medios, de personal o de fondos.
ALFONSO PAZOS FERNANDEZ