Alberto Garzón estudia sancionar con 1 millón de euros a varias entidades por abusar de personas vulnerables necesitadas de créditos al consumo

20 de octubre de 2023
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El ministro de Consumo en funciones, Alberto Garzón
El ministro de Consumo en funciones, Alberto Garzón

Informes del Banco de España han dado la voz de alarma al ministerio. La infracción está catalogada entre las muy graves

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha iniciado un proceso sancionador contra diversas entidades que otorgan créditos al consumo incumpliendo las obligación legal mínima de proporcionar información a los solicitantes.

Según el departamento liderado por Alberto Garzón, estas infracciones, consideradas de gravedad muy alta, pueden derivar en multas de hasta un millón de euros. Algunos de estos expedientes se han iniciado a raíz de informes del Banco de España.

Tras una exhaustiva investigación, el ministerio identificó prácticas comerciales desleales y en algunos casos abusivas en la oferta de créditos al consumo. Los consumidores que buscan acceder a este tipo de préstamos suelen estar en una situación económica vulnerable, por lo que la falta de claridad en las condiciones o la imposición unilateral por parte de las entidades prestamistas agrava su situación.

La legislación básica de protección al consumidor establece que las personas en situación de vulnerabilidad deben recibir una “atención especial”. Por ello, las infracciones consideradas muy graves podrían resultar en multas de hasta un millón de euros.

Se abre ahora un período de instrucción del expediente definitivo, seguido de la resolución correspondiente por parte de los órganos competentes del Ministerio de Consumo.

La falta de información y transparencia al conceder estos créditos, junto con la imposición no justificada de condiciones no solicitadas, podría constituir una infracción tipificada en el artículo 47.1 de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

El ministerio también recuerda que no es legal introducir o incluir cláusulas abusivas en los contratos, enviar o suministrar bienes o servicios no solicitados con la intención de cobrar por ellos, ni utilizar técnicas de comunicación que requieran el consentimiento explícito previo o la ausencia de oposición por parte del consumidor, ya que esto podría tener graves consecuencias para ellos.

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