La sentencia dictada por la titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Pamplona relata un caso de maltrato habitual en el contexto de una relación sentimental. El condenado, un hombre de 33 años, recibió una pena de cuatro años y tres meses de prisión por maltrato habitual, con la circunstancia agravante de reincidencia y la atenuante de intoxicación por consumo de drogas. También fue declarado culpable de tres delitos de maltrato no habitual, con penas de 10 meses de prisión cada uno.
El condenado no podrá acercarse a menos de 300 metros ni comunicarse con la víctima durante un período de 10 años. Esta restricción se divide en 4 años por el primer delito y 2 años por cada uno de los tres restantes.
La relación entre el agresor y la víctima se extendió desde diciembre de 2020 hasta mayo de 2021. Desde el principio, el acusado mostró celos y falta de respeto hacia su pareja, insultándola, menospreciándola y acusándola de infidelidad. Además, ejerció control sobre su vida, limitando sus salidas con amigas, controlando su teléfono y obligándola a borrar cuentas de redes sociales.
La sentencia también destaca amenazas del agresor, como la obligación de dormir en la calle y la amenaza de quitarle a la hija que la víctima tenía de una relación anterior.
La víctima perdonó al agresor en varias ocasiones debido a su vínculo emocional y a sus promesas de cambio. Sin embargo, finalmente presentó una denuncia el 15 de mayo, después de sentir miedo al encontrarse con él en la localidad donde residía su madre.
La sentencia resalta la sinceridad y firmeza del testimonio de la víctima durante el juicio, a pesar de que ella intentó justificar el comportamiento del agresor. La magistrada destaca la coherencia del testimonio, respaldado por un parte médico de la última agresión y las declaraciones de otros testigos, como la madre, el padrastro y una amiga de la víctima.
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