Varapalo de la Junta Electoral a PP y Vox por sus exigencias sobre la custodia del voto por correo

17 de octubre de 2026
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El director adjunto de operaciones en Correos, José Luis Alonso Nistal, ha confirmado a Europa Press que este sábado y domingo se abrirán cientos de oficinas de Correos
Fachada de una oficina de Correos. | Fuente: Europa Press

El organismo electoral recuerda a ambas formaciones que los procedimientos están fijados por ley y que cualquier cambio debe tramitarse en el Parlamento

La Junta Electoral Central (JEC) ha rechazado las medidas extraordinarias que PP y Vox reclamaban para reforzar la custodia del voto por correo. El organismo recuerda que el procedimiento, tanto para los electores residentes en España como para los que votan desde el extranjero, está regulado por la legislación electoral y no puede modificarse al margen de ella.

Las peticiones de ambos partidos afectaban a distintas modalidades de voto. El PP planteó reforzar las garantías de custodia de estos sufragios, mientras que Vox reclamó medidas específicas para el voto de los españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).

En sus resoluciones, a las que ha tenido acceso Europa Press, la JEC subraya que la Administración electoral debe aplicar las reglas vigentes mientras el legislador no las cambie. Por tanto, si las formaciones consideran insuficientes las garantías actuales, deben promover una reforma legal.

El organismo electoral recuerda a PP y Vox que las reglas del voto por correo forman parte de un marco normativo que no puede alterarse mediante peticiones puntuales a la autoridad electoral.

La JEC considera que, cuando un partido con representación parlamentaria quiere modificar un procedimiento regulado por ley, lo más adecuado es recurrir a los mecanismos legislativos. En sus resoluciones, apunta que resulta más lógico impulsar esa reforma que trasladar al Gobierno y a las Cortes Generales el criterio del propio organismo sobre la cuestión.

El mensaje supone un rechazo a las medidas extraordinarias solicitadas por ambas formaciones, pero no impide que puedan defender cambios normativos a través de los cauces parlamentarios.

La JEC también recuerda que las juntas electorales pueden actuar cuando reciben denuncias que describen hechos o indicios concretos de posibles irregularidades. No basta, por tanto, con reclamar de forma general un refuerzo de los controles: las actuaciones deben responder a situaciones específicas que puedan ser examinadas.

El organismo señala que ya se han adoptado medidas en ocasiones anteriores cuando se denunciaron hechos que justificaban una intervención.

La resolución sitúa así el debate en dos planos: la aplicación de los procedimientos establecidos por la legislación vigente y la actuación ante posibles irregularidades concretas. Para modificar las reglas generales, la vía es legislativa; para investigar hechos específicos, deben presentarse denuncias con elementos que permitan valorarlos.

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