Introito
Los pensamientos fundamentales seleccionados para la apertura y el cierre de este artículo de prensa pertenecen a Juan de Mariana (1536–1624), eminente jesuita, teólogo, historiador y filósofo político español perteneciente al Siglo de Oro y miembro brillante de la célebre Escuela de Salamanca. Reconocido universalmente por su rigurosidad analítica y su valentía conceptual, Mariana trascendió en la historia del pensamiento occidental por su férrea defensa de la soberanía popular, sosteniendo de manera indeleble que el poder de los gobernantes emana del pueblo y se encuentra estrictamente limitado por el derecho natural y la recta razón.
Su postura vertical contra el absolutismo, los impuestos encubiertos, la alteración arbitraria de la moneda y los abusos de la autoridad pública lo consagra como el símbolo del intelectual incorruptible que desafía las desviaciones del poder institucionalizado en nombre de la verdad y de la justicia. Resulta de un altísimo interés académico destacar que la fórmula filosófica del maestro jesuita fue el cimiento directo sobre el cual El Libertador Simón Bolívar configuraría, siglos más tarde, su célebre concepto republicano de la justicia.
Crónica
El panorama judicial contemporáneo enfrenta una degradación alarmante donde la aplicación del derecho ha dejado de ser un ejercicio de ponderación objetiva para convertirse en un terreno de persecución ideológica unilateral. Se observa con profunda preocupación cómo ciertos operadores jurídicos, específicamente jueces y juezas carentes de vocación y rigurosidad, han desvirtuado las garantías procesales más fundamentales para imponer dictámenes basados en el prejuicio de género.
El principio universal de inocencia se encuentra hoy prácticamente proscrito en las salas de audiencias, sustituido por una peligrosa presunción de culpabilidad que opera de manera automática contra el ciudadano varón. Bajo este enfoque distorsionado, la tipicidad penal y la exigencia de elementos de convicción objetivos ceden ante la presión de dogmas que exigen castigos ejemplarizantes sin importar la ausencia de certezas, transformando los tribunales en espacios de ajusticiamiento institucional.
Esta preocupante realidad no es un hecho fortuito, sino la consecuencia directa de una sistemática devaluación en los mecanismos de selección de la magistratura nacional. La judicatura ha sido asaltada por individuos sin capacidad analítica ni talento académico, quienes ostentan credenciales profesionales de dudosa procedencia y ejercen la función jurisdiccional sin comprender la majestad del cargo.
Al eliminarse la meritocracia, los concursos de oposición públicos y las evaluaciones técnicas rigurosas, el sistema se ha poblado de funcionarios designados por estricto amiguismo y discrecionalidad política. Jueces y juezas instalados por el favoritismo de un dedo superior operan con absoluta impunidad, desconociendo los pilares de la ciencia jurídica y respondiendo únicamente a las directrices de quienes los colocaron en dichos puestos, lo cual anula por completo la independencia presupuesta en la división de los poderes públicos.
El desconocimiento técnico de estos administradores de justicia se manifiesta de manera flagrante en la inaplicación de axiomas fundamentales que constituyen el soporte de cualquier Estado democrático. Resulta vergonzoso constatar que múltiples juzgadores ni siquiera comprenden el alcance del principio básico iura novit curia, demostrando una incapacidad supina para aplicar el derecho vigente de manera autónoma y correcta.
En su lugar, el debate procesal se reduce a una parodia donde el principio in dubio pro reo ha sido desterrado por completo, obligando al acusado a demostrar una inocencia que legalmente debería presumirse. Esta alarmante orfandad jurídica deja al ciudadano común en una situación de indefensión absoluta, expuesto al arbitrio de dictámenes que no se fundamentan en la ley ni en la sana crítica, sino en el capricho y en la ignorancia supina de quienes visten la toga.
Es fundamental aclarar que esta firme denuncia no constituye en modo alguno un alegato corporativo ni un ataque dirigido contra las mujeres que ejercen el derecho de forma íntegra. El núcleo de esta crítica institucional se orienta exclusivamente en contra de la flagrante injusticia, la deshonestidad y la ausencia absoluta de ética que exhiben aquellos que pervierten la función judicial.
Cuando una jueza o un juez antepone el resentimiento, el interés sectario o la venalidad económica a la búsqueda de la verdad, se produce una ruptura del contrato social. La verdadera judicatura exige una probidad moral intachable y una solvencia técnica incuestionable, virtudes que resultan incompatibles con la ignorancia deliberada y la sumisión política que imperan en la actualidad, donde la balanza de la justicia ha sido groseramente adulterada para complacer agendas ideológicas de moda.
La reconstrucción del aparato judicial requiere con urgencia una depuración profunda que extirpe de raíz el clientelismo y devuelva la majestad a las salas de los tribunales. No es posible concebir el desarrollo de una nación civilizada mientras el ciudadano deba temer más a quien viste la investidura de juez que a la propia delincuencia.
El rescate del debido proceso y de la igualdad ante la ley es una tarea impostergable que convoca a los verdaderos juristas y académicos a alzar la voz contra el atropello generalizado. Debemos rescatar la dignidad del foro penal y exigir que cada sentencia sea el reflejo de una valoración probatoria impecable, desprovista de sesgos y pasiones, pues atentar contra la inocencia de un hombre por conveniencia procesal equivale a sepultar definitivamente la noción de civilidad y decretar el triunfo de la barbarie institucionalizada.
Apostilla del Autor: Es de rigurosa justicia histórica advertir al lector el íntimo puente conceptual que une este pensamiento de entrada con nuestro acervo patriótico. Al afirmar siglos más tarde en su célebre Discurso de Bogotá (1815) que «la justicia es la reina de las virtudes republicanas, y con ella se sostienen la igualdad y la libertad», El Libertador Simón Bolívar no hacía sino secularizar y adaptar al proyecto emancipador americano la misma matriz filosófica de Juan de Mariana.
De este modo, la proscripción de la imparcialidad judicial que hoy presenciamos no solo traiciona los tratados universales vigentes, sino que desmantela el cimiento ético sobre el cual el propio héroe caraqueño edificó el ideal de la República.
Disclaimer
A los efectos de la presente entrega periodística, el personaje de la jueza «María Narcisa Bob Evams» constituye un recurso literario, satírico y de ficción, concebido estrictamente como arquetipo para el ejercicio de la contraloría social, la crítica de la cosa pública y la investigación de los sistemas de justicia.
Este contenido se ampara plenamente en el derecho fundamental a la libertad de expresión y de opinión consagrado en el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como en los estándares vinculantes de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de protección al discurso disidente, de interés público y de fiscalización ciudadana contra la arbitrariedad.
Cualquier asimilación con la realidad o coincidencia con funcionarios de carne y hueso responde al principio universal de que quien se excusa sin habérsele pedido, la culpa se adjudica (excusatio non petita, accusatio manifesta).
«Cuando la justicia se aparta de la verdad y de la recta razón, deja de ser ley y se convierte en violencia y tiranía contra los pueblos». — Juan de Mariana, De rege et regis institutione.
Doctor Crisanto Gregorio León
Profesor Universitario