El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles el primer decreto de vivienda que el Gobierno ha vuelto a aprobar tras su rechazo en el Congreso, con varias novedades respecto al texto anterior. Toda oferta de alquiler tendrá que incluir el índice de referencia del precio, pero solo si la vivienda está en una zona tensionada. El sistema del Ministerio de Vivienda fija un rango de precios según la ubicación y las características de cada inmueble.
En la mayor parte del país esa referencia es solo orientativa. En las zonas tensionadas, en cambio, limita en algunos casos el precio al que se puede alquilar.
Los pequeños propietarios deberán indicar también el tope, que se calcula sobre el último contrato. Hoy solo hay municipios declarados zona tensionada en cinco comunidades: Cataluña, País Vasco, Navarra, Asturias y Galicia.
En todos los anuncios, sea cual sea la zona, deberá constar si el dueño es gran tenedor y el código identificativo de la vivienda. Se es gran tenedor con más de 10 inmuebles, o más de cinco donde la comunidad haya endurecido el requisito.
El decreto amplía hasta el 31 de diciembre de 2030 la prohibición de que los llamados fondos buitre compren inmuebles con un descuento superior al 70 % sobre su tasación. Antes llegaba hasta el final de 2028. Ahora afecta también a las grandes tenedoras, salvo que el inmueble se destine a usos como la vivienda social o asequible.
Crea además el Fondo de Vivienda de Impacto Social, con 400 millones de euros iniciales, para ayudar a promotores de vivienda social. Necesitará un reglamento para ponerse en marcha.
Los inmuebles de la Seguridad Social pasarán a la empresa pública Casa 47 para destinarlos a alquiler asequible. El parque público estatal queda protegido con límites permanentes al precio de venta.
En las suspensiones de desahucio a personas vulnerables, la administración asumirá también las costas procesales y los intereses de demora, además de las rentas y los suministros impagados. Se mantiene sin cambios la prohibición de desahucios hasta 2030 y el resto de medidas, como la prórroga extraordinaria de hasta dos años de los contratos.
Lo que más cambia es la exposición de motivos. La versión de hace una semana se apoyaba en el desahucio de Maricarmen Abascal como punto de inflexión. La nueva afirma que la vivienda es el principal problema de los españoles.
El Congreso tiene 30 días para convalidar el decreto y aún no hay fecha. Esta vez decidirá la Diputación Permanente, porque el adelanto electoral ha disuelto las Cortes.
Con ese cambio, el voto de Junts deja de ser clave. PSOE, Sumar, ERC, Bildu, PNV y Podemos suman 35 de los 69 escaños, una mayoría que permite aprobarlo.
El segundo decreto, sobre los contratos de alquiler indefinidos, también está en el Boletín Oficial, pero no entrará en vigor hasta el 15 de noviembre. No cuenta con apoyos suficientes, como reconoció Pedro Sánchez este martes.