El Tribunal Supremo ha dado el primer paso para el regreso de Carles Puigdemont a España. El magistrado Pablo Llarena ha retirado este martes las órdenes de detención contra el líder de Junts, horas después de que el Constitucional avalara amnistiar la malversación del ‘procés’.
El juez que instruyó la causa del ‘procés’ lo ha decidido mediante un auto. La medida tiene efecto inmediato y se mantiene hasta que haya una nueva resolución judicial expresa.
Afecta a las órdenes nacionales de busca y captura y de detención contra Puigdemont. También alcanza a los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig.
Los tres fueron procesados por su papel en el ‘procés’, pero no llegaron a ser juzgados porque huyeron. Llevan fuera de España desde 2017, es decir, unos nueve años.
El Pleno del Constitucional ha respaldado la ponencia de su presidente, Cándido Conde-Pumpido. Esta es favorable al recurso de amparo de la exconsellera de ERC Dolors Bassa.
La resolución considera que el Supremo interpretó la ley de amnistía de forma contraria a su finalidad. Lo hizo al rechazar aplicar la medida de gracia a la malversación.
Según el Constitucional, esa interpretación fue impredecible y rompió la coherencia entre la norma, la decisión adoptada y el objetivo de la ley. También vulneró el derecho de Bassa a la tutela judicial efectiva.
Por eso ordena dictar un nuevo pronunciamiento que declare amnistiado el delito de malversación. La aplicación deberá hacerse con carácter preferente y urgente.
El Supremo había justificado su negativa con dos argumentos. Uno era un supuesto enriquecimiento personal de carácter patrimonial. El otro, una posible afectación de los intereses financieros de la Unión Europea.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya había descartado que esos intereses se vieran afectados solo por una disminución de la renta nacional bruta española. El Constitucional incorpora ahora esa interpretación.
Por tanto, concluye que la posible afectación de los fondos comunitarios no podía servir para excluir estos delitos de la amnistía.
La decisión va más allá del caso de Bassa. La doctrina que fije el Constitucional deberá ser aplicada por los tribunales, que están obligados a ejecutarla, según defiende la dirección del propio tribunal.
Ahora le corresponde a la Sala de lo Penal del Supremo resolver sobre los dirigentes ya condenados por malversación. Entre ellos están Oriol Junqueras, Jordi Turull, Dolors Bassa y Raül Romeva.
El pronunciamiento supone un nuevo punto de inflexión en la aplicación de la ley de amnistía. Deja en manos del Supremo cómo extender el criterio del Constitucional a Puigdemont y al resto de dirigentes.