La jueza manda al TSJ de Madrid el recurso de Ayuso para desalojar la acampada okupa de Sol

2 de octubre de 2026
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Decenas de personas continúan acampadas en la Puerta del Sol, a 30 de septiembre de 2026, en Madrid | EP

Comunidad, Fiscalía y Abogacía del Estado coincidieron en que el asunto no correspondía a un juzgado unipersonal. La petición de medidas cautelarísimas contra la Delegación del Gobierno queda pendiente de que la Sala la asuma

La magistrada Leticia Francisco Blanco, titular de la Plaza n.º 14 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, se ha declarado incompetente para resolver el recurso de la Comunidad de Madrid contra la Delegación del Gobierno por la acampada de la Puerta del Sol. En el auto 313/2026, dictado este viernes, eleva las actuaciones a la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

La resolución no entra en el fondo. No dice si la ocupación es legal o ilegal ni si el delegado, Francisco Martín, debe ordenar el desalojo. Se limita a decidir quién tiene que decidirlo. Pero su efecto inmediato es que la petición urgente del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso cambia de tribunal un día después de presentarse.

Lo que dice el auto

El recurso, registrado como Procedimiento Ordinario 565/2026, impugna según el auto «la inactividad del Delegado del Gobierno» por no ejercer sus competencias y «tolerar de forma persistente la ocupación ilegal de la Puerta del Sol». Se presentó el 1 de octubre. Ese mismo día la jueza dio a las partes y a la Fiscalía la oportunidad de pronunciarse sobre su competencia, como exige el artículo 7.2 de la ley de la jurisdicción (LJCA).

Nadie defendió que el asunto se quedara en la Plaza 14. El letrado de la Comunidad pidió que se remitiera al TSJM «a la mayor brevedad» si ese era el órgano competente. La Fiscalía y la Abogacía del Estado, que defiende a la Delegación, sostuvieron que lo era.

El razonamiento es técnico. La competencia de los juzgados unipersonales es una «lista tasada» que se interpreta de forma restrictiva. El artículo 8.3 LJCA les atribuye los recursos contra la Administración periférica del Estado, pero excluye los actos de más de 60.000 euros.

La Delegación del Gobierno es Administración periférica y la cuantía del recurso es indeterminada. Con dos autos del Tribunal Supremo, de 13 de septiembre de 2007 y 25 de febrero de 2026, la jueza recuerda que los asuntos de cuantía indeterminada se asimilan a los de más de 60.000 euros. Quedan así fuera de su alcance.

Entra entonces en juego la cláusula residual del artículo 10.1.n) LJCA: corresponde al TSJ cualquier actuación administrativa no atribuida expresamente a otro órgano. Contra el auto no cabe recurso.

Una acampada por la vivienda frente a la sede de Ayuso

La protesta nació el sábado 26 de septiembre, al término de una marcha contra el desahucio de Maricarmen, una mujer de 87 años desalojada de su casa en Madrid ese miércoles. El lunes 28 la Delegación del Gobierno cifraba en unas 3.000 las personas concentradas en Sol, con cientos de tiendas de campaña (CNN en Español). El Sindicato de Inquilinas canaliza la movilización, que este jueves cumplió su quinta jornada con llamamientos a una huelga general (Público).

El campamento ocupa la plaza donde se levanta la Real Casa de Correos, sede de la Presidencia regional. El 29 de septiembre el consejero de Presidencia, Miguel Ángel García Martín, dio al delegado un ultimátum de 48 horas para desalojar Sol, con la advertencia de acudir a los tribunales (Comunidad de Madrid).

Vencido el plazo, Ayuso anunció el recurso en el Pleno de la Asamblea. La Comunidad sostiene que la acampada permanente excede los límites del derecho de reunión y pide medidas cautelarísimas para su «inmediata disolución» (Comunidad de Madrid). Su Abogacía General adjuntó un informe sobre la afección a dos bienes de interés cultural, la Real Casa de Correos y la escultura del Oso y el Madroño, que a su juicio podría constituir un delito de expolio (The Objective).

La Delegación defiende que la protesta es pacífica, apela al derecho de reunión y asegura actuar con «pleno respeto al ordenamiento jurídico» (El Cronista). El choque enfrenta a las dos administraciones: la Comunidad no manda sobre la Policía Nacional, que depende del delegado del Gobierno.

Qué pasa ahora

El auto sirve de «exposición razonada» ante el TSJM, que deberá decidir si asume el asunto. Las partes tienen diez días para personarse ante la Sala; si no lo hacen, el recurso se tendrá por caducado.

La jueza no se pronuncia sobre las medidas cautelarísimas, que exigen una respuesta en horas. Esa decisión, la que de verdad busca la Comunidad, pasa ahora al tribunal superior. La rapidez con que la Sala acepte la competencia marcará cuánto tarda en resolverse.

El cambio de órgano no estaba en disputa: las tres partes pidieron lo mismo y la propia Comunidad reclamó celeridad. El auto confirma así que el pulso entre Ayuso y la Delegación del Gobierno por la Puerta del Sol se librará en el TSJ de Madrid.

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