La Audiencia Nacional ha condenado a 17 años de prisión a José Ramón Prado Bugallo, Sito Miñanco, principal acusado en la denominada ‘Operación Mito’, por delitos contra la salud pública y blanqueo de capitales en el seno de una organización criminal. Además, deberá afrontar multas por valor de 420 millones de euros. La Fiscalía Antidroga había solicitado una pena de 31 años.
La sentencia considera probado que Miñanco y el holandés Raymond Van Rij dirigían organizaciones dedicadas al transporte de cocaína desde Sudamérica hasta Europa. Entre las operaciones investigadas figura la introducción de 615 kilos de cocaína en Holanda y el traslado de más de 3,3 toneladas a España a bordo del buque Thoran. El tribunal señala que Miñanco, conocido como “Mario” dentro de la organización, supervisaba las principales decisiones.
En cuanto al blanqueo, la Sala considera acreditada únicamente una operación relacionada con la empresa Autos Vicmar, utilizada para incorporar al circuito económico dinero procedente de la venta de drogas. Sin embargo, no considera probado que otras sociedades investigadas fueran utilizadas para introducir fondos del narcotráfico en la economía legal. El tribunal recuerda además que “el mero transporte de dinero de procedencia delictiva no es un delito de blanqueo” si no se demuestra su incorporación al circuito económico lícito.
La Audiencia Nacional también ha absuelto al abogado Gonzalo Boye, para quien la Fiscalía solicitaba nueve años y nueve meses de prisión. El Ministerio Público sostenía que había participado en una operación destinada a blanquear cerca de 900.000 euros incautados en Barajas en 2017 mediante contratos ficticios. Sin embargo, los magistrados consideran que no se ha demostrado que Boye participara en la elaboración de esos documentos y cuestionan la credibilidad de la principal declaración utilizada para incriminarlo.
La sentencia, de 325 páginas, condena también a otros acusados a penas de entre 17 y tres años de prisión, mientras absuelve a 20 personas y cuatro entidades. En el caso de los contratos utilizados tras la incautación del dinero, el tribunal atribuye la falsedad documental a Manuel González, quien habría entregado a Boye unos documentos que, según la resolución, contenían información que no se correspondía con la realidad.