El 30 de julio de 1976, apenas 27 días después de la llegada de Adolfo Suárez a la Presidencia del Gobierno, el Consejo de Ministros aprobó el primer decreto de amnistía de la Transición. La medida permitió la excarcelación de cientos de presos condenados por delitos de intencionalidad política y de opinión, y se convirtió en uno de los primeros pasos para desmontar el aparato jurídico del franquismo y preparar el camino hacia la democracia.
El Decreto-Ley 10/1976, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 4 de agosto y en vigor desde el día 24 de ese mismo mes, respondía al objetivo de eliminar «cualquier legado discriminatorio del pasado» y favorecer una convivencia basada en la reconciliación nacional. La norma benefició a condenados por delitos políticos sin resultado de muerte, determinados delitos militares, prófugos, desertores y personas sancionadas por infracciones administrativas.
La decisión llegó después de que el rey Juan Carlos I hubiera concedido un indulto en noviembre de 1975 que permitió la salida de prisión de miles de reclusos, aunque dejó fuera a buena parte de los presos vinculados al Partido Comunista y al nacionalismo vasco. El nuevo Ejecutivo entendía que aquella medida era insuficiente para impulsar la apertura política.
Según explica a Europa Press Rafael Arias-Salgado, exministro de los gobiernos de Adolfo Suárez y Leopoldo Calvo-Sotelo y actual presidente de la Fundación Transición Española, aquel decreto perseguía sentar las bases de «una democracia integradora» tras décadas de dictadura.
La norma permitió la puesta en libertad de 287 personas y, para muchos historiadores, representó el primer paso hacia la legalización de los partidos políticos y la celebración de las primeras elecciones democráticas de junio de 1977. Eduardo Ranz, abogado especializado en Memoria Democrática, considera que el contexto político obligaba a actuar con rapidez ante el riesgo de una involución militar y recuerda que todavía seguían vigentes las leyes fundamentales del franquismo.
Arias-Salgado sostiene que la filosofía del decreto conectaba con la idea de «reconciliación nacional» defendida por el Partido Comunista desde los años cincuenta y que pretendía integrar a todas las sensibilidades políticas en el nuevo sistema democrático.
En la práctica, la amnistía facilitó la incorporación a la vida política de dirigentes que hasta entonces estaban encarcelados o inhabilitados, un requisito imprescindible para que las primeras elecciones pudieran celebrarse con normalidad.
No obstante, la naturaleza jurídica de aquella medida continúa generando debate medio siglo después. El historiador Javier Tébar sostiene que el decreto funcionó en realidad como un «indulto encubierto», apoyándose en las memorias del entonces vicepresidente del Gobierno, Alfonso Osorio, quien relató que el Ejecutivo optó por denominarla amnistía pese a compartir rasgos propios del indulto.
Arias-Salgado rechaza esa interpretación y defiende que el decreto era la única fórmula jurídicamente posible en aquel momento, cuando aún no existían unas Cortes democráticas capaces de aprobar una ley ordinaria de amnistía.
La medida de 1976 no resolvió todas las situaciones pendientes. Numerosos sindicalistas y trabajadores detenidos durante las grandes huelgas de ese año quedaron inicialmente fuera de la norma, lo que obligó al Gobierno a aprobar nuevas disposiciones y ampliar progresivamente los supuestos amnistiados.
Ese proceso culminó con la Ley de Amnistía de 1977, aprobada por las primeras Cortes democráticas y considerada uno de los pilares de la Transición. Medio siglo después, la norma sigue siendo objeto de debate político y jurídico, especialmente tras la aprobación en 2024 de la ley de amnistía para los implicados en el proceso independentista catalán, una comparación que ha reabierto la discusión sobre el alcance y el significado de aquellas medidas de gracia en la historia democrática española.