La Sección de Instrucción del Tribunal Central de Madrid ha incorporado al expediente los escritos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado que rechazan el recurso de la defensa de José Luis Rodríguez Zapatero. El expresidente buscaba expulsar a las acusaciones populares de la pieza separada derivada de la causa principal, argumentando que los delitos investigados —fiscales y de contrabando— tienen una naturaleza jurídica distinta y, por tanto, carecen de legitimación.
La pieza separada se originó tras el registro de la oficina de Zapatero el pasado 19 de mayo, donde se incautaron joyas de «altísimo valor». Este hallazgo dio pie a una investigación específica para determinar si la posesión de dichos objetos constituye un ilícito penal contra la Hacienda Pública o un delito de contrabando, un extremo que aún está siendo analizado por el juzgado.
La fiscal María Elena Lorente Pablo ha desestimado los argumentos de la defensa al sostener que la investigación se encuentra en una etapa incipiente. Basándose en la doctrina del Tribunal Supremo sobre el caso Botín y el caso Atutxa, la fiscal subraya que no existen motivos legales para limitar la intervención de la acusación popular en este momento del procedimiento, al ser la calificación de los hechos todavía provisional.
Por su parte, la Abogada del Estado, Zaida Isabel Fernández Toro, en representación de la Agencia Tributaria como parte perjudicada, también se ha opuesto al recurso. La defensa del Estado sostiene que la personación de la Administración como acusación particular no invalida la presencia de las acusaciones populares, reafirmando que el modelo procesal español se sustenta sobre un esquema de acusación plural.
Ambas instituciones han solicitado al juzgado que ratifique el auto del pasado 22 de junio, que permite a las acusaciones populares participar en la pieza sin necesidad de nuevos trámites. Ante esta resolución, la letrada de la Administración de Justicia ha abierto un plazo de tres días para que la representación del expresidente pueda interponer un recurso de reposición si así lo estima oportuno.