El Congreso mantiene su decisión de suspender a Ábalos si el juez ordena su ingreso en prisión

27 de noviembre de 2025
2 minutos de lectura
José Luis Ábalos I EP

Su ausencia dejaría al Congreso con 349 diputados operativos, un escenario poco frecuente pero no inédito

El Congreso de los Diputados se mantiene firme en su criterio: si el magistrado del Tribunal Supremo que instruye el caso Koldo decide enviar este jueves a prisión provisional al exministro José Luis Ábalos, la Cámara aplicará automáticamente su suspensión de derechos y deberes parlamentarios. No será una decisión política ni fruto de un debate interno, sino la consecuencia directa del artículo 21.2 del Reglamento, que prevé la suspensión inmediata de un diputado cuando se encuentra en prisión preventiva.

El juez Leopoldo Puente ha citado tanto a Ábalos como a su antiguo asesor, Koldo García, a una comparecencia clave en la que se revisarán las medidas cautelares actualmente vigentes. Las acusaciones populares, encabezadas por el Partido Popular, reclaman endurecer esas medidas y pedir el ingreso en prisión provisional de ambos investigados. Argumentan que existen “indicios racionales de criminalidad” en las adjudicaciones de contratos de mascarillas durante la pandemia y que la gravedad de las penas solicitadas justificaría esta medida excepcional.

Aunque el reglamento menciona como requisito un auto firme de procesamiento, los letrados del Congreso recuerdan que en los procedimientos abreviados —como este— esa figura no existe del mismo modo. Por ello, la prisión preventiva sería suficiente para activar la suspensión. La medida sería temporal y quedaría sin efecto si el exministro recupera la libertad. Eso sí, mientras dure, Ábalos dejaría de cobrar su salario, no podría participar en plenos ni comisiones, ni efectuar votaciones, ni siquiera por vía telemática, según Europa Press.

Consecuencias parlamentarias y debate político

La suspensión, en todo caso, no implica la pérdida del escaño. Solo una sentencia condenatoria firme o determinados delitos graves contemplados en la ley pueden provocar la retirada del acta, como ocurrió en su día con Oriol Junqueras o como se intentó —sin éxito a la postre— en el caso de Alberto Rodríguez. Ábalos seguiría siendo formalmente diputado, pero sin poder ejercer.

Su ausencia dejaría al Congreso con 349 diputados operativos, un escenario poco frecuente pero no inédito. Algunos grupos ya han deslizado que podría abrirse un debate sobre la interpretación de las mayorías, aunque los precedentes indican que la actividad parlamentaria apenas se vería alterada. La mayoría absoluta seguiría fijada, en la práctica, en 176 votos, y las dinámicas recientes —con Junts votando sistemáticamente contra las iniciativas del Gobierno y alineándose de facto con PP y Vox— refuerzan la idea de que la gobernabilidad ya no depende de un solo escaño.

A la espera de la decisión judicial, el futuro inmediato de Ábalos queda en manos del juez Puente. El Congreso, por su parte, ya ha dejado claro cuál será el siguiente paso.

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