Begoña Gómez vuelve a plantar al juez Peinado en la vista para comunicarle otros cuatro delitos

6 de octubre de 2025
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Begoña Gómez vuelve a plantar al juez Peinado en la vista para comunicarle otros cuatro delitos
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su esposa Begoña Gómez I EP

Tampoco esta vez. La esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, y los otros dos investigados en la pieza principal de la causa -su asesora en Moncloa Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés- no han acudido a la vista que se celebra esta tarde en los juzgados de Madrid para comunicarles que, si acaban siendo juzgados, lo serán por un jurado popular.

El juez Juan Carlos Peinado volvió a pedir la comparecencia personal de los imputados tras el plantón en una citación similar celebrada el pasado sábado 27 de septiembre, pero los investigados han mandado a sus abogados. El instructor comunicará a las partes la continuación de la causa por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca e intrusismo. A estos se les suma la supuesta malversación de caudales públicos, como ya acordó en un principio.

Juicio con jurado

El juez Juan Carlos Peinado ha citado para las 17:30 horas de este lunes a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, para comunicarle que, si acaba juzgada, lo será por un jurado popular por todos los delitos por lo que está investigada -tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca e intrusismo-, no solo por la supuesta malversación, como acordó en un principio.

Es la sexta vez que Gómez es citada por el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid. Las dos primeras veces se acogió a su derecho a guardar silencio; y en la tercera y la cuarta decidió contestar solo a su defensa.

La quinta vez optó por no acudir, quedando representada por su letrado, el exministro socialista Antonio Camacho. Fue el pasado 27 de septiembre, cuando el juez la citó para informarla de que, en caso de ir a juicio por la pieza separada de malversación -relativa a la contratación y las actividades desarrolladas por su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez-, sería juzgada por un jurado popular.

No es indispensable

En aquella ocasión, la defensa se amparó en una circular de la Fiscalía del 29 de diciembre de 1995 sobre el proceso ante el tribunal del jurado, que fija que la presencia de los investigados en la comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado «no es indispensable».

De cara a este lunes, Peinado ha señalado que tanto Gómez como Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés -a los que también ha abocado a un juicio por tribunal del jurado- debían «comparecer necesariamente» asistidos de sus respectivos letrados.

Sin embargo, fuentes de la defensa consultadas por Europa Press sostienen que la de este lunes es una comparecencia como la del 27 de septiembre, por lo que lo más probable era que Gómez tampoco acuda.

Igualmente, se esperaba que las defensas pidan el archivo y que las acusaciones populares -que dirige Hazte Oír- reclamen nuevas diligencias. A este respecto, fuentes jurídicas indican que Iustitia Europa plantea pedir la imputación del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para lo que Peinado tendría que dirigir exposición razonada al Tribunal Supremo (TS). En la comparecencia anterior, ya pidieron su testifical.

Y ello después de que Peinado razonara que «las acciones llevadas a cabo por Gómez, derivadas de su relación de parentesco con el actual presidente del Gobierno, es la causa que se considera fundamental para poder apreciar la posible concurrencia del delito de tráfico de influencias» y los demás.

Año y medio de investigación

El juez abrió la pieza principal en abril de 2024 a raíz de una denuncia presentada por Manos Limpias en la que se acusaba a Gómez de haberse valido de su condición de esposa del presidente del Gobierno para recomendar a empresarios, como Barrabés, que se presentaban a licitaciones públicas.

Por estos hechos, imputó a Gómez corrupción en los negocios y tráfico de influencias. Precisamente por este último delito, Peinado considera que toda la causa puede acabar juzgada por un tribunal jurado, porque está incluido en la lista de delitos que son competencia exclusiva del jurado popular y arrastraría al resto.

Desde entonces, el juez ha abierto nuevas líneas de investigación, consecuencia de otra querella presentada por Vox por presuntas irregularidades en el registro del ‘software’ de una cátedra de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que codirigía Gómez. En este punto, el instructor imputó a Gómez apropiación indebida de marca e intrusismo.

Aval de la Audiencia

En octubre de 2024, la Audiencia Provincial de Madrid avaló que Peinado investigara a Gómez por los hechos que se circunscriben a los contratos adjudicados a Barrabés que se encuentran bajo sospecha –aquellos que no fueron sufragados con fondos europeos y que no están siendo investigados en la Fiscalía Europea–, así como los hechos relativos a la cátedra.

El órgano consideró «llamativa» y «verdaderamente significativa» la «variación, cuantitativa y cualitativa», que experimentó «la relación de las empresas del grupo Barrabés con la administración pública en proximidad temporal con la obtención de la cátedra y despegue de los masters».

Así las cosas, dio su visto bueno a que Peinado siguiera investigando «otras conductas relacionadas con otras empresas y entidades respecto de la creación, ideación, promoción, implementación y desarrollo de la cátedra y los másteres asociados».

Registro nulo

Con todo, el pasado enero la Audiencia de Madrid declaró la nulidad del registro que se practicó en agosto de 2024 en el domicilio y las oficinas de Barrabés al considerar que Peinado no fundamentó adecuadamente la orden de entrada y registro.

Ahora, la esposa de Sánchez y la asesora de Moncloa están a la espera de que la Audiencia de Madrid conteste a los recursos que presentaron contra la formación de la pieza separada relativa a la malversación, así como contra la imputación por malversación y la decisión de juzgar dicho delito con un jurado popular.

Niega irregularidades

A lo largo de la investigación, Gómez se ha desvinculado de los contratos adjudicados a Barrabés. Aunque reconoció que firmó dos cartas de recomendación que, según dijo, son habituales para procesos de contratación pública, insistió en que las misivas no apoyaban a la UTE que conformaba al 50% una empresa de Barrabés, sino que destacaban la importancia del proyecto que se licitaba.

Asimismo, recalcó que otras instituciones y administraciones públicas, como el Ayuntamiento de Madrid, y grandes tecnológicas, como Microsoft o IBM, firmaron la misma carta modelo.

Gómez también negó que hubiese cometido un delito de apropiación indebida de marca al inscribir el logo ‘TSC Transformación Social Competitiva’ y el ‘software’ de la cátedra que fue financiado por empresas en el marco de la cátedra de la UCM.

Sin ánimo de lucro

Del mismo modo, descartó delito alguno en la inscripción del dominio de Internet transforma.org y explicó que fue la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Complutense la que le indicó cómo podía registrarlo. Además, negó que hubiese actuado con ánimo de lucro y recordó que no recibió retribución alguna por estar al frente de la cátedra de la UCM.

Respecto a la acusación de malversación, su defensa ha asegurado que no hay indicios de que Gómez participara en el nombramiento de Álvarez «ni en el pago de emolumentos».

Su abogado sostiene, además, que no puede considerarse que sea una «funcionaria pública a los efectos de la comisión del delito de malversación». «Es indiscutible que como cónyuge del presidente del Gobierno ni tiene mando o jurisdicción propia ni participa en el ejercicio de funciones públicas», añade.

De igual modo, argumenta que es «habitual en el ámbito laboral que en su horario de trabajo los trabajadores hagan gestiones, como puede ser la remisión de un correo electrónico en su beneficio, en el de sus familiares o amigos». «Difícilmente puede entenderse que, si esos trabajadores son funcionarios públicos, con ello se está cometiendo un delito de malversación», añade.

Figura sin regular

Y subraya a su vez que «no existe un Estatuto de la cónyuge del presidente del Gobierno» y que se trata de una figura que «no está regulada». Así, defiende que «la interpretación y distingo» que hace el juez Peinado entre actividades privadas e institucionales «no se ajusta a los usos que se vienen desarrollando desde el advenimiento de la democracia».

Sobre los ‘emails’ intercambiados entre la asesora de Moncloa y la UCM por la cátedra que codirigía Gómez, el abogado insiste en que «hay multitud de correos» que evidencian que era Gómez «quien trabajaba en esta materia». «Y, por lo tanto, la labor puntual de Cristina en la misma era de auxilio administrativo, nunca encargarse de la misma con exclusividad», agrega.

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