⁨La acusación bloquea viaje de Begoña a Londres y Ankara: «Legalmente no existe la figura de primera dama»

1 de julio de 2026
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HazteOír, Vox, Manos Limpias e Iustitia Europa presentan ante la Plaza 41 una oposición definitiva y total a los dos tramos del desplazamiento —Ankara y Londres— y exigen que el tribunal deniegue la devolución del pasaporte

La batalla judicial en torno al caso Begoña Gómez ha abierto un nuevo frente, esta vez en forma de incidente procesal de alto voltaje político: la Acusación Popular Unificada —integrada por HazteOír, Iustitia Europa, el Partido Político Vox, el Sindicato Manos Limpias, el Movimiento de Regeneración Política de España y el particular Marco Antonio Caballero Rodríguez— presentó este miércoles ante la Plaza 41 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid un escrito de oposición definitiva y total al viaje que la esposa del presidente del Gobierno pretende realizar entre el 7 y el 10 de julio para asistir a la 36ª Cumbre de la OTAN en Ankara.

El documento, de nueve páginas y fechado el 1 de julio de 2026, sustituye a un primer escrito presentado esa misma mañana por error, que no recogía la posición completa de las acusaciones. Corresponde al procedimiento Tribunal del Jurado 1146/2024, en el que Begoña Gómez y otros dos investigados —Juan Carlos Barrabés y María Cristina Álvarez— se enfrentan a cargos de corrupción en el sector privado, tráfico de influencias, malversación, intrusismo y apropiación indebida, tras el Auto de Apertura de Juicio Oral dictado el 20 de junio de 2026.

Dos viajes en uno: Ankara y Londres, dos oposiciones distintas
Las acusaciones comienzan por descomponer la solicitud de la defensa en sus dos tramos reales. Begoña Gómez no pide solo viajar a Turquía: pide también desviarse a Londres en vuelo comercial para asistir a la graduación de su hija, regresando a España el día 10 de julio. Para las acusaciones, esta doble naturaleza no es un detalle secundario sino la clave de todo el argumento: cada tramo tiene sus propias razones de riesgo, y ambos se contaminan mutuamente al estar encadenados en una sola solicitud.

La oposición es total en los dos casos, aunque con fundamentos jurídicos diferenciados. Para Londres, el argumento central es la ausencia de necesidad imperiosa acreditada. Para Ankara, el argumento más poderoso —y el más políticamente explosivo— es que la figura de «primera dama» no existe en el ordenamiento jurídico español.

«Primera dama»: ni en la Constitución ni en la Ley del Gobierno
Este es sin duda el pasaje más incisivo del escrito. Las acusaciones dedican una alegación entera —la Segunda— a demoler la justificación central esgrimida por la defensa de Gómez: que el viaje a Ankara sería un acto oficial en cuanto parte de la delegación española.

El argumento jurídico es tan simple como demoledor: en el ordenamiento español no existe, ni en la Constitución, ni en la Ley 50/1997 del Gobierno, ni en norma alguna de rango legal o reglamentario, la figura de la «primera dama» ni estatuto jurídico alguno vinculado a la condición de cónyuge del presidente del Gobierno. Esa condición, subrayan, «no comporta cargo público, ni función institucional, ni representación del Estado o del Gobierno, ni atribución competencial de especie alguna». Es, en suma, una situación de puro hecho, de la que no nace derecho ni deber exigible.

Para rematarlo, las acusaciones usan contra la defensa su propia documentación: la carta de Emine Erdoğan —esposa del presidente turco— de 20 de abril de 2026, y la Nota Verbal de la Embajada de Turquía de 23 de abril, invitan a la investigada a un «programa paralelo» de la Cumbre, es decir, a actos culturales y protocolarios ajenos a la agenda oficial de los jefes de Estado. No se trata de ninguna convocatoria oficial de la que nazca obligación alguna: es una invitación privada, de asistencia voluntaria, que no puede justificar el levantamiento de una medida cautelar en vigor.
La conclusión es categórica: la afirmación de la defensa de que Gómez formaría «parte de la delegación oficial española» no se sostiene ni siquiera con los documentos que ella misma ha aportado al juzgado.

Turquía, fuera de la euroorden: el riesgo de fuga al que apunta la acusación
La Tercera Alegación se centra en el riesgo específico que supone el destino turco. Las acusaciones recuerdan que el Auto de Apertura impuso a Begoña Gómez medidas cautelares de especial gravedad: retirada de todos sus pasaportes —de cualquier nacionalidad, ordinarios o diplomáticos—, prohibición de expedición de uno nuevo, prohibición de salida del territorio nacional con oficio a todos los puestos fronterizos y aeropuertos, y presentación apud acta.

Turquía, argumentan, agrava ese riesgo de manera particular. Es un Estado no miembro de la Unión Europea, no vinculado por el sistema de la orden europea de detención y entrega, y con mecanismos de extradición bilateral que resultan «notoriamente más lentos, inciertos y sujetos a condicionamientos de oportunidad política». En caso de que la investigada decidiera no regresar, su recuperación para el proceso quedaría en una situación de «grave dificultad, cuando no de práctica imposibilidad»

Las acusaciones desmontan también el argumento de la cobertura de seguridad oficial: el propio escrito de la defensa reconoce que el regreso no se haría en el avión oficial sino en vuelo comercial desde Londres. Esto significa que, desde el momento en que Gómez abandona territorio turco, queda «fuera de todo control institucional español». La cobertura oficial, concluyen, es parcial y discontinua, y no puede erigirse en garantía suficiente.

El telón de fondo de toda esta argumentación es la pena a la que se enfrenta la investigada: hasta 24 años de prisión, con escasas posibilidades de suspensión. A mayor gravedad de la condena potencial, mayor es el incentivo para la fuga.

Londres: sin documentación y encadenada al tramo turco
Respecto al viaje a la capital británica, las acusaciones añaden cinco razones para la denegación. La más llamativa, por su contundencia procesal, es la última: la defensa no ha aportado ningún documento que acredite que la graduación invocada vaya a celebrarse en Londres en las fechas indicadas. Ni programa, ni convocatoria académica, ni comunicación de ninguna institución. La mera afirmación de la parte, sostienen las acusaciones, no basta para justificar el levantamiento temporal de una medida cautelar de esa gravedad.

A ello suman el efecto Brexit: la cooperación judicial con el Reino Unido ha experimentado tras su salida de la Unión Europea «una merma significativa» respecto al régimen anterior de la euroorden, lo que debilita las garantías de recuperación inmediata de la investigada si optara por no regresar voluntariamente.

Petición subsidiaria: control milimétrico si el juez autoriza el viaje
Con carácter subsidiario, y anticipando la posibilidad de que el tribunal decida autorizar alguno de los tramos pese a todo, la Acusación Popular Unificada solicita que se impongan condiciones estrictas: comunicación previa de vuelos, horarios y alojamiento exactos; obligación de comparecer ante el juzgado de manera inmediata a la vuelta; devolución del pasaporte exclusivamente para el viaje autorizado, con reintegro al juzgado el primer día hábil siguiente al regreso. Los datos del itinerario quedarían bajo reserva en pieza separada durante el desplazamiento, incorporándose a la causa una vez producido el regreso.

La decisión corresponde ahora a la magistrada titular de la Plaza 41, que deberá resolver antes del 7 de julio si Begoña Gómez puede acompañar a Pedro Sánchez a la cumbre de la Alianza Atlántica en Ankara o si las medidas cautelares del Auto de Apertura de Juicio Oral prevalecen sobre cualquier consideración de agenda diplomática o familiar.

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