La Corte de Apelaciones, división civil, del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales ha convocado el 11 de julio próximo una audiencia para oír los argumentos del recurso de la defensa del rey emérito Juan Carlos I y los de los abogados de Corinna zu Sayn-Wittgenstein sobre la sentencia del juez Matthew Nicklin, que desestimó el 24 de marzo pasado la inmunidad del exjefe del Estado ante la demanda civil de su examante por presuntos actos de acoso, seguimiento ilegal de agentes del Centro de Inteligencia Nacional (CNI) en Mónaco y Londres y difamación.
La Corte había anunciado que la decisión se comunicaría por escrito. Sin embargo, este pasado jueves, la comunicación cita a las partes a una ”audiencia cuya duración estimada es de 6 horas”, según ha confirmado EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, medio del grupo Prensa Ibérica al que también pertenece este diario. Aún no consta quién es el juez o jueza -habitualmente es uno solo o sola- que se hará cargo del caso.
Según fuentes jurídicas, la razón de convocar una audiencia se debería al hecho de que el recurso presentado contra la sentencia solicita permiso para apelar, paralizar el procedimiento, y, también, pide autorización para utilizar “nuevas pruebas”.
“Da la impresión de que, como no se trata solamente de repetir los mismos argumentos que ya desestimó el juez Nicklin el pasado 29 de marzo al solicitársele permiso para recurrir, cosa que rechazó, la Corte ha concedido la audiencia”, señaló a este diario Josep Gálvez abogado-barrister del bufete Del Canto Chambers en la City londinense. Una vez escuchados los argumentos, si se aprecian “motivos de ley sostenibles” o no para autorizar un recurso de apelación contra la sentencia del 24 de marzo pasado, la Corte dictará una resolución.
Si se aprecia que la inmunidad soberana en la que basa sus argumentos la defensa de Juan Carlos I (el emérito es miembro de la familia real, es soberano y miembro de la Casa Real española) tiene visos de prosperar habida cuenta de que se trata de un tema discutible o plantea una situación muy relevante para el derecho, el juez o la jueza darán luz verde para que se presente un recurso de apelación; de lo contrario, se denegará.
Por tanto, aunque aparentemente no se debate una cuestión sobre el fondo -quién tiene razón-, es indudable que después de que el juez Nicklin denegase la primera solicitud para apelar el pasado 29 de marzo en súplica o reposición -recursos que así se denominan en el sistema judicial español-, una segunda negativa contraria a Juan Carlos I introduce el procedimiento en las otras dos cuestiones previas que, junto con la inmunidad, están dando largas a esta causa.
En cambio, si la Corte autoriza la apelación, el procedimiento se dilatará. “Con todo, esto va bastante más rápido de lo que cabría esperar en España”, subrayó Gálvez. El juez Nicklin desestimó la apelación en base a su sentencia, que se basó en argumentos muy fuertes. “Si Juan Carlos I roba un anillo de diamantes en una joyería en Hatton Garden [en Camden, el histórico ‘distrito del diamante’ en Londres] no se enfrentaría, según su defensa, a un procedimiento civil o penal en esta jurisdicción (a menos que el Estado español renuncie a su inmunidad). Esto no es posible”, sentenció el juez.
La barrera que se le plantea al recurso de apelación tanto para ser autorizado como si lograra abrirse paso después de este primer filtro -la autorización- es que Nicklin se apoyó en jurisprudencia precisamente de la Corte de Apelaciones para definir si Juan Carlos I forma parte de la Casa de Su Majestad el Rey Felipe VI (‘household’ en inglés).
Según decía “la Corte de Apelaciones ha sostenido que, históricamente, el criterio central para ampliar la inmunidad personal a miembros de una embajada diplomática (aparte quizá de las esposas) es la dependencia, y no la actividad de esas personas en tareas diplomáticas o funciones en representación del diplomático”. Y en aplicación de este criterio, atendiendo a los argumentos de los abogados de Corinna, el juez sostenía que Juan Carlos I carecía de dependencia respecto de Felipe VI y que, incluso, se le había quitado su asignación anual (193.000 euros).
La defensa de Juan Carlos I arguyó que el juez debería tener en cuenta que “la Corte de Apelaciones no ha formulado un test o prueba para interpretar la frase “miembros de su familia formando parte de la Casa Real”. Por tanto, señaló Nicklin: “Depende de mí decidir si Juan Carlos I ‘es miembro de la familia del rey Felipe VI formando parte de su Casa Real’ en base a las pruebas presentadas en este caso”.
Y teniendo en cuenta las mismas, entre ellas (aunque, según dijo, ello no determinante aunque sí ilustrativo) el hecho de que ni la defensa ni la Secretaría del Foreign Office [Ministerio de Asuntos Exteriores británico] pudieran presentar al tribunal un documento oficial sobre la condición o status de Juan Carlos I en el ordenamiento constitucional español, el juez resolvió que la circunstancia de que el rey emérito es padre de Felipe VI y miembro de la familia no significa que sea miembro de la Casa Real.
El juez Nicklin anunció su deseo de acelerar lo más posible el procedimiento para entrar en los actos que denuncia la demanda de Corinna. La decisión de celebrar la audiencia para pedir autorización el 11 de julio supone aplazar el calendario original del juez, quien anunció el 29 de marzo que aspiraba a que la Corte de Apelaciones resolviese el asunto para poder celebrar una audiencia este viernes 1 de julio en el Tribunal Superior de Justicia con el objetivo de examinar las otras dos cuestiones previas pendientes, superada la de la inmunidad.
Una de ellas es la forma presuntamente irregular, según la defensa de Juan Carlos I, de comunicarle la demanda el 29 de diciembre de 2020 (por whatsapp a su teléfono móvil ya que no pudo ser registrada en el Palacio de la Zarzuela, según los abogados de Corinna) y la solicitud de que la justicia inglesa decline la jurisdicción a favor de España con el argumento que los actos de acoso no encajan en la ley del Reino Unido.