El Supremo ordena ejecutar la sentencia contra García Ortiz y que éste pague la multa y la indemnización a la pareja de Ayuso

17 de diciembre de 2025
1 minuto de lectura
El Supremo ordena ejecutar la sentencia contra García Ortiz y que éste pague la multa y la indemnización a la pareja de Ayuso
Álvaro García Ortiz, exfiscal general del Estado tras ser condenado porel Supremo. /EP

La Inspección Fiscal decidirá sobre el futuro del exjefe del Ministerio Público en la institución

Los magistrados del Tribunal Supremo (TS) que condenaron a Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación como fiscal general del Estado y al pago de una multa de 7.200 euros y de una indemnización de 10.000 euros, por revelar secretos de Alberto González Amador -novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso-, han ordenado ejecutar el fallo, así como comunicárselo a la Fiscalía «a los efectos oportunos».

El auto, fechado el pasado 12 de diciembre, ordena la ejecución reclamando a García Ortiz que ingrese dichas cantidades en la cuenta de depósitos y consignaciones del alto tribunal.

Además, ordena librar «copia de la presente resolución a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, junto con testimonio de la sentencia, a los efectos oportunos».

García Ortiz renunció el pasado 24 de noviembre, cuatro días después de conocerse el fallo -que se adelantó sin la sentencia por miedo a las filtraciones- y quedó cesado formalmente el 9 de diciembre. Teresa Peramato, fiscal experta en la lucha con la violencia de género, ya ha tomado posesión del cargo.

Según las fuentes fiscales consultadas por Europa Press, será la Inspección Fiscal la que determine el impacto del fallo en el estatus de García Ortiz como fiscal.

«Consecuencias extraprocesales»

Al ser designado fiscal general del Estado, quedó en situación de «servicios especiales», técnicamente fuera de la carrera fiscal, a la que ahora tendrá que solicitar el reingreso. Las fuentes preguntadas por esta agencia de noticias advierten de que esta transición podría ser compleja, hasta el punto de que podría ser expulsado de la carrera fiscal.

Y ello por cuanto el artículo 46 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), en su apartado d), establece que la condición de fiscal se pierde cuando existe una «pena principal o accesoria de inhabilitación para cargos públicos».

De igual forma, el Reglamento del Ministerio Fiscal, en el epígrafe d) del artículo 32, fija como causa para la pérdida de la condición de fiscal la imposición de una condena con «pena principal o accesoria de inhabilitación para cargo público o condena por delito doloso».

Solo para fiscal general

No obstante, el Supremo dijo expresamente en su sentencia que la inhabilitación lo era únicamente para el cargo de fiscal general del Estado, advirtiendo de que sería «excesiva su proyección a otros».

Al mismo tiempo, el TS señaló que «las consecuencias extraprocesales» de la condena «se mueven en otro plano» distinto al estrictamente judicial. Y que competen, según las fuentes fiscales, a la Inspección Fiscal.

No olvides...

Un hombre con antecedentes por narcotráfico es asesinado de un tiro en la cabeza en plena calle en Barcelona

El suceso, ocurrido a plena luz del día en el distrito de Sants-Montjuïc ante numerosos testigos, eleva la preocupación policial…

Mayores y pensionistas reclaman un modelo de soledades «estable y eficaz» a todos los niveles

Consideran indispensable que la Administración General del Estado lidere una coordinación multinivel que involucre tanto a las comunidades autónomas como…
Los sobres

Cabreo en Sevilla por el color del sobre que ha enviado el PSOE a los electores, un verde mucho más intenso que el de los otros partidos

Todos los partidos cerraron la campaña andaluza con la incertidumbre de si yerran, o no, las numerosas encuestas que vaticinan…

A prisión un marroquí por arrastrar y patear a una embarazada en Valencia para robarle el bolso

El detenido asaltó también a una octogenaria para quitarle un colgante de oro…