El Supremo cita a Alvise por presunta financiación ilegal de su partido

7 de julio de 2025
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El eurodiputado y líder de Se Acabó La Fiesta (SALF), Luis 'Alvise' Pérez, atiende a los medios de comunicación tras declarar en el Tribunal Supremo, a 20 de junio, en Madrid (España) / Fuente: Europa Press - Archivo

El eurodiputado dice que es «público y notorio» que ha recibido 100.000 euros

El magistrado del Tribunal Supremo, Julián Sánchez Melgar, ha citado este viernes al líder de Se Acabó La Fiesta (SALF) y eurodiputado, Luis ‘Alvise’ Pérez. También ha citado al empresario Álvaro Romillo, alias ‘CryptoSpain‘, por la presunta financiación ilegal del partido.

El instructor avisó a ambos que deben comparecer ante el alto tribunal acompañados de sus respectivos abogados. Este paso se dio en el marco del presunto delito de los 100.000 euros que Romillo dio a Alvise de cara a las elecciones europeas del 9 de junio de 2024. 

El Supremo asumió el caso a petición del juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama de investigar al eurodiputado. Aunque goza de la condición de aforado.

Es la tercera vez que Alvise Pérez es citado a declarar en el alto tribunal. Ya compareció anteriormente por otras dos causas que tiene abiertas, según informa Europa Press.

Una relacionada con la difusión de una PCR falsa del entonces ministro de Sanidad y actual presidente catalán, Salvador Illa. Y la otra por el presunto acoso a la fiscal delegada de delitos de odio, Susana Gisbert.

Financiación bajo sospecha

Cuando compareció por el presunto acoso a Gisbert, el pasado viernes 20 de junio Alvise ya adelantó que regresaría al Supremo «por la financiación ilegal«.

Afirmó que era «público y notorio» que había recibido 100.000 euros y añadió:

«Poco me parece que me pagaran 100.000 euros por media hora de charla»

Este viernes, el eurodiputado deberá responder por las acusaciones de presunta financiación irregular de su partido.

El Tribunal Supremo considera que los hechos podrían encajar en un delito de financiación ilegal de formaciones políticas. Y serían aplicables las disposiciones del artículo 149 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG). Por referirse a las maniobras para eludir los deberes de contabilidad y control de ingresos de los partidos.

Dicho artículo establece que:

«Los administradores generales y de las candidaturas de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores que falseen las cuentas, reflejando u omitiendo indebidamente en las mismas aportaciones o gastos o usando de cualquier artificio que suponga aumento o disminución de las partidas contables, serán castigados con la pena de prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses»

Estafa, apropiación indebida y blanqueo de capitales

La Sala de lo Penal, al inicio de esta causa, señaló que los hechos atribuidos a Alvise podrían «indiciariamente» constituir «delitos de estafa, apropiación indebida, blanqueo de capitales y falsedad documental«.

Por dichos delitos resultarían responsables tanto Alvise, que «aparece como administrador electoral del partido», como Romillo, «como donante del partido, con entrega de cantidades superiores a las permitidas y como autor de un delito electoral».

Al abrir la causa, el Supremo aceptó la personación como acusación popular del PSOE, que podrá participar en el interrogatorio fijado para el próximo viernes.

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