EVA CADAVAL
La sanción impuesta a la funcionaria socialista viene recogida en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General
La Junta Electoral Central ha condenado a la ministra y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, a pagar una multa de 2.200 euros por utilizar el atril de La Moncloa, el pasado 4 de junio, para hacer propaganda política y no limitarse a informar de los acuerdos del Consejo de Ministros.
La Junta Electoral, formada por jueces del Tribunal Supremo, entiende que la ministra Alegría vulneró la neutralidad política exigible a una ministra y portavoz durante su comparecencia ante la prensa el pasado 4 de junio. La sanción impuesta viene recogida en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Esta ministra no es la única a la que este organismo ha tirado de las orejas por confundir la propaganda partidista de la acción de Gobierno y utilizar medios públicos con fines electorales. Al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, le ha abierto dos expedientes últimamente, por motivos similares, y también al presidente de la Generalitat de Cataluña, Pere Aragonés, y a varios de sus consejeros.
Este nuevo acontecimiento, junto a las investigaciones que el juez Juan Carlos Peinado hace a la esposa del presidente Pedro Sánchez, se suma a la lista de controversias que enfrenta el mandato de Sánchez.